Resolución N° 701 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Junio de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición13 de Junio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 121
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
nación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de
modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento
educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a
la nueva categoría en que ha sido clasicado el mismo.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
Resolución N° 699
Córdoba, 13 de junio de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0110-135257/2021, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo actuaciones relacionadas con la recategoriza-
ción del Instituto Provincial de Educación Media N° 400 de Capital, depen-
diente de la Dirección General de Educación Secundaria.
Que el art. 49 inciso B) del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las
unidades educativas dependientes de dicho organismo serán clasicadas
como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de
alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de
Enseñanza Media, Especial y Superior, se jaron pautas transitorias para
la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número
de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa
mencionada con anterioridad, consideran de Primera Categoría los centros
educativos que tengan cuatrocientos (400) alumnos o más, situación que
se ha congurado en el establecimiento cuya categorización se propicia.
Que resulta pertinente en consecuencia reajustar la actual categoría
del mismo, atento al desfasaje que se observa al respecto, como conse-
cuencia del crecimiento vegetativo operado en los últimos años.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 332/2022 del Área
Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección e Jurisdicción
de Asuntos Legales a fs. 25 y en uso de las atribuciones conferidas por el
Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RECATEGORIZAR en Primera Categoría al Instituto Provincial
de Educación Media N° 400 de Capital, dependiente de la Dirección General
de Educación Secundaria, a partir de la fecha del presente instrumento legal.
Art. 2º.- DISPONER que la Dirección General de Coordinación y Ges-
tión de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a n
de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asig-
nación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de
modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento
educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a
la nueva categoría en que ha sido clasicado el mismo.
Art. 3º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
Resolución N° 701
Córdoba, 13 de junio de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0722-151292/2019, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por loca-
lización de la Escuela de Nivel Primario “ARISTÓBULO DEL VALLE” de
Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Primaria, la
pertinente asignación de la bonicación respectiva a su personal docente
y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 321/2022 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 14 por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución en
el Grupo “B” de localización a la Escuela de Nivel Primario “ARIS-
TÓBULO DEL VALLE” de Capital, dependiente de la Dirección General de

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