Resolución N° 70

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 242
CORDOBA, (R.A.), LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 851/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Crédito Presupuestario Nº 68 del Servicio Penitenciario de la Provincia de
Córdoba el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/KYUnqY
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 70
Córdoba, 30 de Noviembre de 2016
VISTO:
La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones de la Admi-
nistración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N° 305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Quela Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrata-
ciones conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes y/o
servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme surge
del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N° 32/2014y
complementarias, la Dirección General de Compras y Contrataciones
aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Administración Públi-
ca Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejorar la
calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los principios
de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y oportuno
incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Lega-
les de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Finanzas mediante Dictamen N°71/2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESEque también podrán adquirirse por el procedi-
miento de selección de subasta electrónica, los bienes que se detallan en
el Anexo I.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS
Y CONTRATACIONES
ANEXO: https://goo.gl/mWafh8
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN: LILIANA LOPEZ
FE DE ERRATAS
PODER EJECUTIVO
En nuestra edicion del dia 2/12/2016 publicamos el Decreto Nº
1637/2016 don de se o mitio i ncluir el anexo que se detalla a conti-
nuacion: https://goo.gl/iQHlVh - Dejamos asi salvada dicha omision

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