Resolución N° 7 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Febrero de 2022
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 28
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 4 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
marzo y mayo de 2019; agosto y diciembre de 2020, en los Trabajos Modi-
catorios por Economías y Demasías de la obra: “NUEVO PARQUE EN EL
CENTRO CÍVICO DE RÍO CUARTO, ubicado en Avenida Bombero J. Mi-
cheliza (Costanera) S/N – B° Alberdi – Localidad RÍO CUARTO – DEPAR-
TAMENTO: RÍO CUARTO - PROVINCIA DE CÓRDOBA, por la suma total
de Pesos Diez Millones Trescientos Sesenta y Siete Mil Novecientos Treinta
y Cinco con Veintidós Centavos ($ 10.367.935,22), suscripta el día 2 de
diciembre de 2021, entre el Director General de Obras Arquitecto Rober-
to José MOREIRA y la empresa INGENIERÍA CONSTRUCTORA S.R.L.,
representada por su Socio Gerente Licenciado Juan Sebastián PEREZ,
contratista de la obra, que como Anexo II, compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 5º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Diez Millones Trescientos Sesenta y Siete Mil Novecientos Treinta y Cinco con
Veintidós Centavos ($ 10.367.935,22), conforme lo indica la Dirección General
de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad – Nota
de Pedido N° 2021/000619, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011,
Partida 12.06.00.00, Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 6°.- RECHÁZENSE los pedidos formulados por la Empresa
INGENIERÍA CONSTRUCTORA S.R.L., correspondientes al mes de mar-
zo de 2021, en relación a la Adecuación Provisoria N° 11 de la Obra Madre
y de los Trabajos Modicatorios por las razones expresadas en los consi-
derandos de la presente Resolución.
Artículo 7°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a sus-
cribir las enmiendas de contrato por Adecuación Provisoria de Precios, de-
biendo la empresa INGENIERIA CONSTRUCTORA S.R.L., de correspon-
der, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 8º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a
la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
Resolución Interna N° 3610
Córdoba, 2 de febrero de 2022
VISTO lo establecido por los artículos 32, 36, 41 cc y ss de la Ley de Ca-
tastro Territorial N° 10454;
Y CONSIDERANDO:
Que los valores unitarios de la tierra, como así también la rebaja de valua-
ciones, son aprobados por ésta Dirección de conformidad a lo aconsejado por
el Área Valuaciones como ocina técnica competente en la materia.
Que, sin embargo, con el objeto de agilizar el trámite de aprobación
de los mismos, en los supuestos en los que resulte necesario asignar y/o
modicar los valores unitarios de la tierra, y que no importen un revalúo
general, se estima pertinente delegar dicha función en el Área Valuaciones.
Que, a tal n, ésta Dirección se encuentra facultada a delegar funcio-
nes ejecutivas de conformidad a lo establecido por el artículo 6° de la Ley
N° 10454 antes mencionada.
Por lo expuesto, disposiciones legales citadas y facultades de organización
del servicio propias de ésta Dirección General conferidas por Ley N° 10454;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: ASIGNAR, a partir de la publicación de la presente en
el Boletín Ocial, al Señor Jefe de Área Registración Parcelaria, Arquitecto
RODOLFO VICZENA, D.N.I. N° 14.293.897, atento encontrarse vacante el
cargo de Jefe de Área Valuaciones, el dictado de las Resoluciones apro-
batorias de los Valores Unitarios de la Tierra y las rebajas de valuaciones
establecidas por Ley N° 10454.
ARTÍCULO 2: DISPONER que las Resoluciones dictadas en el marco de
la presente, una vez suscriptas por el Arquitecto RODOLFO VICZENA, debe-
rán remitirse a División Estudio y Despacho para su protocolización, archivo de
los originales y obtención de copias para el expediente correspondiente.
ARTÍCULO 3: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, tome razón ocina per-
sonal, publíquese en el Boletín Ocial, y archívese.
FDO.: GUSTAVO MARCELO GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N° 7
Córdoba, 02 de febrero de 2022
VISTO: El expediente Nº 81-40707/21, la Ley N° 10.155, el Decreto Regla-
mentario N° 305/2014, el Pliego de Condiciones - Generales y Particulares
- de Contratación y el Pliego de Especicaciones Técnicas y sus respecti-
vos Anexos.
Y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones se gestionan, mediante el proce-
dimiento de selección de compulsa abreviada la contratación del Servicio
de Mudanza de los Bienes Muebles y Cajas de Archivo desde los edicios
del Tribunal de Cuentas, sitos en calle Arturo M. Bas N° 120, 27 de Abril N°
552 y Deán Funes N° 658, hacia el nuevo edicio de este Organismo sito
en calle Rivera Indarte N° 33.
Que, a tales nes se efectuó el llamado a participar del mencionado pro-

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