Resolución N° 697

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 2 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 190 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCX - Nº 190
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2015
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LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
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Decreto N° 1038
Córdoba, 21 de Septiembre de 2015
VISTO: la Nota DGASGA01-635803050-813, del registro del
Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la aceptación y
agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad
de la Ciudad de San Francisco, Departamento San Justo de ésta
Provincia de Córdoba, a favor del Superior Gobierno de la
Provincia de Córdoba, de un lote de terreno ubicado en la citada
localidad identificado catastralmente con la Nomenclatura L:52
C:03 S:01 M:237 P:001, Cuenta N° 3002-2741301/1 e inscripto
en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula
N° 1.328.293, destinado a la construcción del edificio donde
funcionará un taller jurisdiccional y una escuela técnica para
dicha ciudad.
Que la iniciativa es impulsada, por el Director Suplente del
I.P.E.T. N° 50 alegando que el inmueble donado, será destinado
a la construcción de un anexo dependiente del citado Centro
Educativo con orientación Informática y Programación, y a un
taller jurisdiccional de aproximadamente 180 m2.
Que se adjunta copia fiel de Escritura N° 285 de fecha 30/12/
09, Acta de Oferta de Donación con Cargo suscripta por el
Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de San Francisco, y
copia fiel de Ordenanza N° 6377/13 del Honorable Concejo
Deliberante de la Ciudad de San Francisco, y su Decreto
Promulgatorio N° 222/13, instrumentos mediante los cuales se
efectúa la presente donación.
Que obran además, copia simple de la Matrícula N° 1.328.293
expedido por el Registro General de la Provincia, del cual se
desprende que la titularidad del inmueble consta a nombre del
Municipio de San Francisco; así como copias del impuesto
inmobiliario y Planos de Mensura correspondientes.
Que han tomado la intervención de su competencia la Contaduría
General de la Provincia mediante Informe N° 11-808/13, la
Dirección de Jurisdicción Planificación y Proyectos de la Dirección
General de Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, y la Dirección de Patrimonial del Ministerio de
Administración y Gestión Pública, mediante Informe N° 227/13.
Que por su parte, la Inspección de Educación Técnica Zona
Noreste- San Francisco comunica, que el I.P.E.T. N° 50 “ING.
EMILIO F. OLMOS” cuenta con un Anexo que funciona desde el
año 2013 en el C.E. “INTENDENTE DR. RAUL VILLAFAÑE”;
PODER
EJECUTIVO
sin embargo, para el año 2015, dicha institución deberá contar
con un nuevo edificio a fines de que pueda albergar a los
estudiantes de aquel Anexo, atento a que los espacios físicos no
resultarán suficientes para ambos niveles.
Que la Subdirección de Jurisdicción de Infraestructura informa
que no cuenta con programas de financiamiento para la
construcción de nuevos edificios con orientación técnica, por lo
cual le remite las actuaciones a la Dirección General de Programas
Especiales e Infraestructura que, comunica que dicha construcción
contará con el financiamiento del INET.
Que atento a ello, informes emitidos por las áreas técnicas
competentes, lo dispuesto por los artículos 72 Inc. 4° y, 144 Inc.
1° de la Constitución Provincial, artículos 1542, 1545, 1553 y
artículo 135 de la Ley N° 7631 y su Decreto Reglamentario N°
525/95, nada obsta a la aceptación de la donación de que se
trata, ingresando el bien citado al dominio privado del Estado
conforme artículo 236 inc. “e” del referido Código.
Que corresponde autorizar a Escribanía General de Gobierno
a realizar la inscripción del inmueble donado en el Registro Gen-
eral de la Provincia, y a la Dirección General de Rentas para
que, en caso de corresponder, cancele las deudas que pudieran
existir en concepto de Impuesto Inmobiliario y sus recargos,
intereses y multas en relación a lo donado conforme lo establecido
en el artículo 176 del Código Tributario (Ley N° 6006-T.O.
Decreto N° 400/2015).
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 310/
2015, por Fiscalía de Estado bajo el N° 742/2015, y en uso de
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- ACÉPTASE Y AGRADÉCESE la donación
efectuada por la Municipalidad de la ciudad de San Francisco,
con domicilio legal en calle Bv. 9 de Julio 1187, de la citada
localidad, Provincia de Córdoba, mediante Ordenanza N° 6377/
2013 promulgada por Decreto N° 222/2013, de un inmueble
que conforme a título se describe como: Una fracción de terreno,
que forma parte de los lotes 23119-1988 y 23119-2089 de la
Ciudad de San Francisco, Pedanía Juárez Celman,
Departamento San Justo, Provincia de Córdoba y que según
Plano de Unión y Loteo confeccionado por la Ing. Mónica C. de
Paschiero y visado por la Dirección General de Catastro de la
Provincia de Córdoba, en Expte. N° 0589-000452/07 con fecha
15 de mayo de 2009 compone la manzana 237 y se designa
Resolución N° 697
Córdoba, 29 de Setiembre de 2015
REF.: SINDICATO VIAL CÓRDOBA (SI.VIAL.CO) SOLICITA
ASUETO POR EL DÍA DEL TRABADOR VIAL C.I.N° 630753
045 215.-
VISTO: Las presentes actuaciones que tratan de la solicitud
del Sindicato Vial Córdoba (SI.VIAL.CO), a efectos que se
disponga asueto y día no laborable el próximo 05 de octubre de
2015, con motivo de celebrarse el día 05 de octubre el “Día del
Trabajador Vial”.
Y CONSIDERANDO:Que a fs. 1, el Sindicato Vial Córdoba
(SI.VIAL.CO) señala que, con motivo de celebrarse el día 05
de octubre el “Día del Trabajador Vial” y de acuerdo a lo
establecido por el Art. 90 del Convenio Colectivo de Trabajo N°
572/09, solicita se disponga asueto y día no laborable con goce
de haberes para todos los trabajadores dependientes de la
Dirección Provincial de Vialidad, el próximo día 05 de Octubre
de 2015.
Que a fs. 2 obra providencia de Vocalía del Directorio,
mediante la cual se ha dado la autorización necesaria para el
dictado de la Resolución, prestando conformidad a lo solicitado
por el Sindicato Vial Córdoba (SI.VIAL.CO).
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N°
702/15, señala que conforme a la expuesto, no tiene objeción
jurídica formal que formular, por lo que puede dictarse acto
administrativo declarando asueto y no laborable con goce de
haberes para todos los trabajadores viales pertenecientes a la
Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba, el
día 05 de Octubre de 2015, en función de la Ley N° 20320,
Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09 y las facultades
conferidas por la Ley N° 8555.
POR ELLO, atento las facultades conferidas por la Ley Pro-
vincial N° 8555, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría
Jurídica, las previsiones de la Ley N° 20320 y del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 572/09;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
Art. 1°.- Declarar asueto el día 05 de Octubre de 2015 y en
consecuencia no laborable con goce de haberes para todos los
Trabajadores Viales dependientes de esta Dirección, con motivo
de conmemorarse ese día el “Día del Trabajador Vial”.-
Art. 2°.- Hacer llegar a todo el personal el reconocimiento por
la labor que desarrollan en este Organismo.-
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD

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