Resolución N° 69

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2015
CÓRDOBA, 11 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 108 Primera Sección 5
TORRES LIMA (D.N.I. N° 26.480.193), con oportuna rendición
de cuentas por parte de éste último, en el plazo de treinta (30)
días desde la fecha prevista de finalización de la obra, que como
ANEXO I compuesto de DOS (2) fojas, integra la presente
Resolución.
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la
suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS
SETENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 3.970.230,00),
conforme lo indica la Dirección General de Administración
de este Ministerio en su Documento de Contabilidad (Nota
de Pedido) Nº 2015/000408, con cargo a: Jurisdicción 1.50,
Programa 512-000, Partida 10.01.01.00 del P.V.
Artículo 3º.- AUTORIZAR la transferencia de la suma de
Resolución N° 69 Cordoba, 4 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0027-056770/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el procedimiento de selección de subasta electrónica inversa, la adquisición
de toner original, con destino a esta Dirección General.
Que a tales fines se procedió a efectuar el llamado a participar del mencionado procedimiento de selección, con información a los
proveedores de las condiciones de contratación, a través de su publicación en el Boletín Oficial y en el Portal Web Oficial de Compras
y Contrataciones, conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14 reglamentario de la Ley N° 10.155.
Que finalizada la subasta y efectuado el periodo de lances en el lapso establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta
de Prelación, en los términos del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de las ofertas recibidas, con los nombres de los proveedores que
participaron en dicha subasta e importes ofertados, de la cual surge que las firmas José Freiberg S.A.C.I. y Digital Soluciones
Informáticas S.R.L. ofertan para el Renglón Nº 1 y para los Renglones Nº 2, 3 y 4 ofertó la firma José Freiberg S.A.C.I.
Que conforme se desprende de la referida Acta de Prelación, la propuesta económica más conveniente respecto del Renglón Nº 1
es la presentada por la firma Digital Soluciones Informáticas S.R.L. por un importe total ofertado de $ 8.032.-, la cual se halla ajustada
a las bases y condiciones de la contratación de que se trata.
Que respecto de los Renglones Nº 2, 3 y 4, las ofertas a considerar únicamente son las efectuadas por la firma José Freiberg
S.A.C.I., y que hacen un total ofertado de $ 8.196.-, $ 7.588.- y $ 8.196.-, respectivamente y se hallan también ajustadas a las bases
y condiciones de la referida subasta electrónica.
Que a fs. 23/24 se incorporan Cédulas de Notificación cursadas a las firmas mencionadas donde se le notifica del Acta de Prelación
y se las emplaza a que en el plazo de dos días presenten la documentación requerida para considerar las ofertas económicas
realizadas.
Que los oferentes seleccionados han incorporado la documentación exigida en los pliegos, en cumplimiento de las bases y
condiciones allí establecidas.
Que a fs. 39 el Área Contrataciones de esta Dirección General informa que corresponde adjudicar la Subasta Electrónica Inversa
N° 2015/000019 a las firmas Digital Soluciones Informáticas S.R.L. el Renglón Nº 1 y José Freiberg S.A.C.I. los Renglones Nº 2, 3
y 4.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 6 inciso b), 8 y 11 de la Ley Nº 10155, este último en
concordancia con el Artículo 40 de la Ley N° 10.248 y Artículo 8 del Decreto N° 305/14, reglamentario de la Ley N° 10.155, las Órdenes
de Compra Nº 2015/000038 y 2015/000039 efectuadas por el Departamento Presupuesto y Contable, lo informado por el Área
Contrataciones a fs. 39 ambos de esta Dirección General y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N°
266/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
Artículo 1º ADJUDICAR la Subasta Electrónica Inversa N° 2015/000019, como sigue: a favor de la firma “DIGITAL SOLUCIONES
INFORMÁTICAS S.R.L.” (C.U.I.T. Nº 30-70973193-5) Renglón Nº 1: dos (2) tóner originales HP CE253A MAGENTA, a un precio
unitario de pesos cuatro mil dieciséis ($ 4.016.-), lo que hace un total de pesos ocho mil treinta y dos ($ 8.032.-) y a la firma “JOSÉ
FREIBERG S.A.C.I.” (C.U.I.T. N° 30-53068538-8): Renglón N° 2: dos (2) toner originales HP CE251A CYAN, a un precio unitario de
pesos cuatro mil noventa y ocho ($ 4.098.-), lo que hace un total de pesos ocho mil ciento noventa y seis ($ 8.196.-); Renglón N° 3: dos
(2) toner originales HP E250X NEGRO a un precio unitario de pesos tres mil setecientos noventa y cuatro ($ 3.794.-), lo que hace un
total de pesos siete mil quinientos ochenta y ocho ($ 7.588.-) y Renglón Nº 4: dos (2) toner originales HP CE252A AMARILLO, a un
precio unitario de pesos cuatro mil noventa y ocho ($ 4.098.-), lo que hace un total de pesos ocho mil ciento noventa y seis ($ 8.196.-
), haciendo un total para la citada firma de pesos veintitrés mil novecientos ochenta ($ 23.980.-), con destino a esta Dirección General,
todo ello por ajustarse a lo solicitado en las bases y condiciones de la referida subasta electrónica inversa.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma total de PESOS TREINTA Y
DOS MIL DOCE ($ 32.012.-), a Jurisdicción 115 –Ministerio de Finanzas-, al Programa 150-001, Partida: 2.09.02.00 “Insumos
Informáticos” del P.V.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00) en concepto de
anticipo financiero, el cual deberá ser certificado, y el saldo restante
contra la certificación de avance de obra, a favor de la
Municipalidad de Alta Gracia.
Artículo 4º.- PROTOCOLICESE, pase a la Dirección Gene
ral de Administración dependiente de este Ministerio, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://goo.gl/ShXiaC
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACN -
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 389
Córdoba, 10 de Junio de 2015.-
C.I. Nº 441457 045 82 614.-
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales la
Empresa Distribuidora de Gas del Centro S.A., solicita autorización
para realizar trabajos en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe
obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita
autorización para realizar los trabajos correspondientes a Ramal
de alimentación para abastecimiento de Gas Natural a la Localidad
de Villa Parque Santa Ana, en Camino Terciario 409-15, desde
la Prog. 6,1 a 8,9 y en Ruta Provincial N° 5, desde la Prog.
17.400 a Prog. 18.500 (Plano DC 03578), a través de la firma
contratista ACLADE S.R.L.
Que las presentes actuaciones contienen Póliza N° 3-70694
por Responsabilidad Civil de “BERKLEY INTERNATIONAL
SEGUROS S.A” y Póliza de Seguro de Caución de “ZURICH
ARGENTINA, COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.”, N° 175379.
Que analizada la documentación presentada en correlación a
la Resolución citada, el mencionado Departamento Técnico
manifiesta que de no mediar opinión en contrario, podría
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD
Córdoba, ocho de Junio de dos mil quince. Atento las
previsiones del Libro II de la Ley 9571 y sus modificatorias,
por las que se establece la metodología que debe observar
respecto del financiamiento de las campañas de los partidos
políticos; que, de acuerdo al artículo 191 de la referida ley,
es atribución del Tribunal Electoral efectuar la distribución
del Fondo Permanente creado por artículo 188 de la misma;
en atención a que se ha realizado el llamado para contratar
la publicidad y propaganda electoral en medios electrónicos
de comunicación a distribuir entre los partidos, alianzas o
confederaciones políticas que participen en las elecciones
generales 2015 en los términos del artículo 190 y siguientes
de la Ley N° 9571, se han presentado diversos medios de
Capital e Interior Provincial en condiciones de contratar.
Que contando con las cotizaciones presentadas el 08 de
mayo por los medios de difusión, se convocó a los partidos
y/o alianzas habilitados a proponer la pauta pretendida por
éstos, comunicando sus peticiones de distribución en los
espacios cotizados. Que por ello, el Tribunal Electoral dis-
pone: 1) Distribuir entre los partidos y alianzas políticas
oficializados y habilitados el “Fondo Permanente para el
Financiamiento de Campañas Electorales” de acuerdo a la
diagramación realizada por los mismos, según planilla
presentada y que consta en autos anexos (N° 2279720). 2)
Comuníquese al Área de Administración los espacios
publicitarios a contratar a los medios electrónicos de
comunicación –radio y televisión- según los precios
propuestos en la convocatoria realizada oportunamente. 3)
Notifíquese.
MARTA ELENA VIDAL
PRESIDENTE
CARLOS ANÍBAL AZOCAR
VOCAL
JORGE JUAN A. NAMUR
VOCAL
MARÍA JOSÉ PAÉZ MOLINA DE GIL
SECRETARIA
TRIBUNAL
ELECTORAL PROVINCIAL
AD HOC

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