Resolución N° 69 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Abril de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 84
CORDOBA, (R.A.) MARTES 26 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 69
Córdoba, 14 de marzo de 2022
Expediente Nº 0045-023553/2021.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Re-
solución Nº 00237/2022 la Contratación Directa con el Consorcio Caminero
Regional Nº 11, para la ejecución de la obra: “CONSERVACIÓN CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 11 – DEPARTAMENTOS: UNIÓN - GENERAL SAN
MARTÍN - AÑO 2022”, por la suma de $ 120.611.853,00.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones,
Croquis de Ubicación, Presupuesto Ocial, Cómputo de Ítems del Contrato
y Listado de Planos; todo debidamente suscripto por funcionarios compe-
tentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante artículo 1º de la
Resolución Nº 00237/2022 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, “…El ob-
jeto de la presente Obra propende CONSERVAR LAS REDES VIALES
PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, corres-
pondientes a esta jurisdicción, lo que produce una mejora en la transita-
bilidad y seguridad y permite además obtener una mayor economía del
transporte, tanto para los usuarios de la vía como para la Provincia de
Córdoba, que se traduce en un importante ahorro administrativo, ya que
conere agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y
certicación de las tareas de mantenimiento…”.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Mo-
dular de Certicación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa
para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos
menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un manteni-
miento a futuro o tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de
la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el
costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecuta-
ran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del
Consorcio Caminero Regional Nº 11.
Que el Jefe del citado Departamento maniesta que el Consorcio
Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas
para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin
pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las
mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a
producir un signicativo ahorro económico del proceso administrativo, ce-
leridad, eciencia y ecacia, basado en el concurso activo y concertado
de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo
efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por
el Presidente del Consorcio Caminero Regional N° 11, para la ejecución de
la obra de que se trata por la suma de $ 120.611.853,00 comprometiéndose
a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcon-
tratistas integrantes de su Regional (artículo 15 – apartado IV incisos 4) y
6) del Pliego Particular de Condiciones).
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2022/000021,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Que en relación a la incorporación del “Art. 107 – Sub – Ítem Nº 107
– Aporte Extraordinario Institucional” del Pliego Particular de Especicacio-
nes Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido
dentro del Presupuesto Ocial aprobado por la Dirección de Vialidad y que
en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tra-
mitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de
que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el
Desarrollo Agropecuario (FDA), en virtud de las facultades conferidas por
Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 78/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en
la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su mo-
dalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6233 y conforme
lo establecido por el artículo 7º - inciso b) – punto 4) de la Ley Nº 8614,
modicada por la Ley Nº 10.417, visto la Ley Nº 10.788 y en virtud de las
facultades otorgadas por la Ley Nº 10.220, atento a que la obra es atendida
con Recursos Afectados, puede contratarse directamente con el Consorcio
Caminero Regional Nº 11, la ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 78/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma Directa con el Consorcio
Caminero Regional Nº 11, la ejecución de la obra: “CONSERVACIÓN
CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 11 – DEPARTAMENTOS: UNIÓN -
GENERAL SAN MARTÍN - AÑO 2022”, por la suma de Pesos Ciento
Veinte Millones Seiscientos Once Mil Ochocientos Cincuenta y Tres
($120.611.853,00), por un plazo de realización de los trabajos de doce
(12) meses, conforme Croquis de Ubicación, Detalle de Ítems y Presu-
puesto Oficial que, como Anexo I compuesto de seis (6) fojas, forma
parte integrante del presente instrumento legal.

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