Resolución N° 69 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
8
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 187
CORDOBA, (R.A.), LUNES 25 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 69
Córdoba, 6 de setiembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0680-066000/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el procedi-
miento de selección de subasta electrónica inversa, la contratación de un
servicio para la digitalización de 25.000 actas en el nuevo sistema de Re-
gistro Civil Digital.
Que a tales nes se procedió a efectuar el llamado a participar del
mencionado procedimiento de selección, con información a los proveedo-
res de las condiciones de contratación, a través de su publicación en el
Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones,
conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14,
reglamentario de la Ley N° 10155.
Que nalizada la subasta y efectuado el periodo de lances en el lapso
establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta de Prela-
ción, en los términos del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de las ofertas recibi-
das, con los nombres de los proveedores que participaron en dicha subas-
ta e importe ofertado, de la cual surge que se presentó la UNIVERSIDAD
NACIONAL DE CÓRDOBA.
Que a fs. 22 se incorpora Constancia de Noticación en Compras Pú-
blicas cursada a dicha Universidad, donde se la notica que ha quedado en
el primer lugar en el orden del Acta de Prelación Final y, consecuentemen-
te, se la emplaza a los nes de que presente la documentación requerida
para considerar rme la oferta económica realizada.
Que la oferente seleccionada ha incorporado la documentación exigida
en los pliegos, en cumplimiento de las bases y condiciones allí estableci-
das.
Que conforme se desprende de la referida Acta de Prelación e informe
del Área Contrataciones, la propuesta de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
CÓRDOBA por un importe total de pesos un millón cincuenta mil
($ 1.050.000.-), es conveniente y se halla ajustada a las bases y condicio-
nes de la contratación de que se trata.
Que a fs. 27 el Área Contrataciones de la Dirección General de Coordi-
nación Operativa dictamina que corresponde adjudicar la Subasta Electró-
nica Inversa - Cotización N° 2017/000022 a la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE CÓRDOBA por haber cumplimentado con todos los requerimientos de
los pliegos.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artícu-
los 6 inciso b) 8, 23 y11 de la Ley Nº 10155 este último en concordancia con
el artículo 40 de la Ley N° 10.410, Artículo 8 del Decreto N° 305/14, Orden
de Compra Nº 2017/000106 efectuada por el Área Administración, lo dicta-
minado por el Área Contrataciones al N° 56/17 ambos de esta Dirección
General y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales al N° 581/17,
LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
R E S U E L V E :
Artículo 1º ADJUDICAR la Subasta Electrónica Inversa - Cotización
N° 2017/000022, realizada con el objeto de contratar un servicio para la
digitalización de veinticinco mil (25.000) actas en el nuevo sistema de
Registro Civil Digital a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓR-
DOBA (C.U.I.T. 30-54667062-3), a un precio unitario de pesos cuarenta y
dos ($ 42.-) haciendo un precio total de pesos un millón cincuenta mil ($
1.050.000.-), conforme Pliego de Especicaciones Técnicas que como Ane-
xo I, con dos (2) fojas útiles, forma parte de la presente Resolución, todo
ello por ajustarse a lo solicitado en las bases y condiciones de la referida
subasta electrónica inversa.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la
presente Resolución por la suma total de PESOS UN MILLÓN CINCUEN-
TA MIL ($ 1.050.000.-), a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas, como
sigue: por el ejercicio 2017, $ 381.696.- al Programa 205.000, Partida
3.05.99.00 “Otros Servicios Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C.” del
P.V. y por el ejercicio 2018, $ 668.304.- como Importe Futuro.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: MICAELA VANESA SPERANZA, DIRECTORA GRAL. DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
anexo: https://goo.gl/17iBGP
Resolución N° 66
Córdoba, 11 de agosto de 2017.-
VISTO: El expediente Nº 0034-089853/2017, en que se propicia la loca-
ción del inmueble sito en calle Mariano Moreno Nº 1536 de la localidad
de Arroyito de esta Provincia, destinado al uso de la Dirección General de
Rentas y cualquier otra dependencia que el Superior Gobierno de Córdoba
resuelva instalar, a partir del día 1º de setiembre de 2017 y por el término
de doce (12) meses.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Ingresos Públicos a fs. 14 maniesta la ne-
cesidad de permanecer en dicho inmueble, atento la ubicación estratégica
del mismo en cuanto a accesibilidad y cercanía a entidades autorizadas
para el cobro de los impuestos administrados por esa Dirección General.
Que el señor Eduardo Antonio Felipe y la señora Estela Rosa Maresco-
tti en su carácter de propietarios proponen un alquiler mensual de
$ 21.000.-
Que ha tomado debida participación el Consejo General de Tasacio-
nes determinando el valor locativo mensual del inmueble de que se trata
en la suma de $ 15.100.-
Que el señor Eduardo Antonio Felipe y la señora Estela Rosa Maresco-
tti realizan una nueva oferta de alquiler por la suma de $ 18.120.-
Que el señor Secretario de Ingresos Públicos y el señor Secretario de
Legal y Técnica y de Previsión Social maniestan que la suma propuesta
no supera el 20 % del valor locativo mensual informado por el Consejo
General de Tasaciones, conforme lo establecido en el Anexo III párrafo 6
del Decreto N° 305/14.
Que asimismo ha tomado intervención el Área Infraestructura y Des-
centralización de la Secretaría de Ingresos Públicos, elaborando el perti-
nente informe respecto del estado del inmueble a locar.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo
10 b) inciso 13 y artículo 11 de la Ley N° 10.155 en concordancia con el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR