Resolución N° 684

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición11 de Junio de 2015
CÓRDOBA, 22de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 115 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 115
CORDOBA, (R.A.), LUNES 22 DE JUNIO DE 2015
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
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Resolución N° 684 Córdoba, 11 de junio de 2015.-
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-091678/2009, 0109-
066155/2004, 0495-115720/2009 y su agregado por cuerda
floja N° 0109-091487/2009, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que de las constancias de autos surge que personal dependiente
de este Ministerio, presentó renuncia con motivo de haberse
acogido al beneficio previsional de Jubilación por Invalidez
Provisoria.
Que obran en autos las resoluciones de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba, mediante las cuales se acordó,
prorrogó y finalmente se transformó en definitivo dicho beneficio
previsional.
Que por otra parte se estima procedente convalidar la reserva
del cargo en que revistaban los agentes en cuestión, durante el
período que se encontraban con Jubilación por Invalidez
Provisoria.
Que de la situación de revista surge que el personal no se
encuentra suspendido, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área
Jurídica de este Ministerio en cada caso particular y en uso de
sus atribuciones,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°. ACEPTAR la renuncia presentada por el siguiente
personal dependiente de este Ministerio, a partir de la fecha,
cargo y dependencia que en cada caso se especifica, con
motivo de haber obtenido el beneficio de Jubilación por Invalidez
Definitiva otorgada por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y
Retiros de Córdoba, conforme a las Resoluciones que en cada
caso se detalla:
Beatriz CATALINI: (M.I. N°F6.258.286), a partir del 1° de julio
de 2008, en el cargo del Agrupamiento Servicios Generales SG-
4 (18-004), en la Escuela de Nivel Primario “DR. RAMÓN JOSÉ
CARCANO” de esta Capital, Resolución N° 289588/09 de la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y de Retiros de Córdoba.
América del Valle DÍAZ: (M.I. N° 4.250.985), a partir del 1° de
julio de 2004, en el cargo de Maestro de Grado (Enseñanza
Primaria), en la Escuela de Nivel Primario “ING. JUAN MARIO
MASJOAN” de esta Capital, Resolución N° 234202/04 de la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
Juliana Isabel CORDOBA: (M.I. N° F6.070.408), a partir del
1° de agosto de 2009, en el cargo del Agrupamiento Servicios
Generales SG-4 (18-004), en la Escuela de Nivel Primario
“PATRICIAS ARGENTINAS” de Marcos Juárez, Resolución N°
290279/09 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba.
Art. 2°. CONVALIDAR la reserva del cargo en que revistaban
los agentes nombrados en el artículo anterior, durante el período
que dicho personal se encontraba con Jubilación por Invalidez
Provisoria y al sólo efecto de regularizar su situación de revista.
Art. 3°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese , publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 681 Córdoba, 11 de junio de 2015.-
VISTO: Las Notas Nros. DEIP01-301571050-314, DEIP01-
109867050-014, DEIP01-120611050-514 y DEIP01-
769842050-812 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-
visional presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en
el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes
el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso
particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias
presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de
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Resolución N° 65 Córdoba, 18 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-000352/2015 en el cual se
propicia la transferencia a la Municipalidad de Córdoba en
concepto de anticipo correspondiente al primer ejercicio del mes
de Mayo de 2015, en cumplimiento de la Cláusula Tercera del
Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero
Social (BOS).
Y CONSIDERANDO:
Que obra en las presentes actuaciones, nota suscripta por la
Sra. Directora General de Administración, mediante la cual se
solicita autorización para efectuar el anticipo de fondos
correspondiente al primer ejercicio del mes de Mayo de 2015,
conforme a lo previsto en la Cláusula Tercera del Convenio de
Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social
(BOS), ratificado por Decreto Municipal N° 1008 de fecha 14 de
mayo de 2015.
Que asimismo manifiesta que ante la necesidad imperiosa de
dar continuidad al Programa Boleto Obrero Social creado por
Decreto N° 272/2015, se determinó, conforme el informe
elaborado por el Área de Sistema Informático de Boleto Obrero
Social, un importe en concepto de anticipo calculado en función
de los beneficios otorgados a la fecha, y en base a ello se realizó
una proyección estimativa que se extiende hasta completar el
mes de mayo en curso. Asimismo, dicho importe estimado será
ajustado al valor real y actualizado de los beneficios efectivamente
otorgados.
Que el importe a transferir en concepto de anticipo
correspondiente al primer ejercicio del mes de mayo de 2015,
asciende a la suma de Pesos Quinientos Sesenta y Un Mil
Seiscientos Sesenta y Uno con Diecinueve Centavos
($561.661,19).
Que se glosa en las presentes, el documento de afectación
preventiva, Orden de Compra N° 2015/000500, correspondiente
al Ejercicio 2015, debidamente autorizada por la Sra. Directora
General de Administración; imputando la suma total de PESOS
QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA
Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($561.661,19), al
Programa 603-000, Partida Principal 6, Parcial 06, Subparcial
05 “AYUDAS SOCIALES A PERSONAS” del P.V., a los fines de
atender la erogación que lo propiciado implica.
Que lo propiciado encuentra sustento legal en lo previsto por el
Artículo 10, inciso b) apartado 18 y Artículo 11 de la Ley 1.155 y
su Decreto Reglamentario.
Que en virtud de lo expuesto, se considera oportuno que ante
la necesidad de dar continuidad al Beneficio, corresponde dis-
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EDUCACN
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