Resolucion Nº 68 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 114
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 10 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Que obra Dictamen Nº 243/2016 del Departamento Jurídico de este Minis-
terio, en el que se expresa que, en virtud de las consideraciones de hecho
y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados por las
áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las disposiciones de
la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, en-
tiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe la ejecución
de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 243/16,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos a
la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CINCO SALAS EN ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA – JARDIN DE INFANTES
ANTÁRTIDA ARGENTINA (DOS SALAS) Y JARDÍN DE INFANTES RE-
PÚBLICA DEL PERÚ (TRES SALAS) - PROGRAMA AURORA, conforme
Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para
Infraestructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especica-
ciones Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de Bases
y Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares, obrantes
en autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
CR. JOSÉ GARCÍA - MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 68
Córdoba, 24 de Mayo de 2016
Expediente Nº 0620-129112/2016. (Cuerpos I y II).-
VISTO:
este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la con-
tratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE SEIS SALAS EN ESTABLECI-
MIENTOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA – JARDIN DE
INFANTES OBISPO ESQUIU (DOS SALAS) – JARDIN DE INFANTES 2
DE ABRIL (DOS SALAS) Y JARDÍN DE INFANTES PADRE DIEGO DE
TORRES (DOS SALAS) - PROGRAMA AURORA.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para
Infraestructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especica-
ciones Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de Bases
y Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares.
Que consta en estas actuaciones providencias del señor Director Gene-
ral de Infraestructura Escolar y del Secretario de Gestión Administrativa,
ambos del Ministerio de Educación y visto bueno del señor Secretario de
Arquitectura, quien maniesta expresamente que dicha documentación se
encuentra en condiciones de ser aprobada, según lo establecido por el
artículo 2º del Decreto Nº 180/08 y lo dispuesto por la Ley 5901 – T.O. Ley
6300 y sus modicatorias.
Que de la citada documentación surge que el procedimiento de contrata-
ción es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es por ajuste
alzado, como también que el Presupuesto Ocial es de $ 5.508.000,00.
Que el Departamento Administración de la Secretaría de Arquitectura otor-
ga visto bueno a la documentación técnica incorporada en autos y la Sec-
ción Estudio de Costos expresa que el Presupuesto Ocial resulta acorde
a los precios de mercado al mes de marzo de 2016.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de
la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus Decretos reglamentarios, como
toda otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 254/2016 del Departamento Jurídico de este Minis-
terio, en el que se expresa que, en virtud de las consideraciones de hecho
y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados por las
áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las disposiciones de
la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, en-
tiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe la ejecución
de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 254/16,
EL MINISTRO DE VIVIENDA,
ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “CONSTRUCCIÓN DE SEIS SALAS EN ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA – JARDIN DE INFANTES
OBISPO ESQUIU (DOS SALAS) – JARDIN DE INFANTES 2 DE ABRIL
(DOS SALAS) Y JARDÍN DE INFANTES PADRE DIEGO DE TORRES
(DOS SALAS) - PROGRAMA AURORA, conforme Memoria Descriptiva,
Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para Infraestructura Esco-
lar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especicaciones Técnicas Parti-
culares, Planos, Cómputo General, Pliego de Bases y Condiciones Gene-
rales y Pliego de condiciones Particulares, obrantes en autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
CR. JOSÉ GARCÍA - MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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