Resolución N° 674 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 194
CORDOBA, (R.A.), MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Precio por Reconocimiento de la Quinta Variación de Costos correspon-
diente al mes de junio de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: “Estudio de Suelos, Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles
de Estructura y de la totalidad de las instalaciones de cada Edicio en
particular, con Ajuste de Proyectos Ejecutivos de Arquitectura y Ejecución
de las Construcciones o Ampliaciones según corresponda con Sistema
Constructivo Prefabricado de Hormigón Armado en los Establecimientos
que a continuación se detallan: “IPEM N° 221 “SAN CARLOS” – ALBER-
GUE, Calle Juan D. Perón esquina Ruta Provincial N° 27 – Jovita – Depar-
tamento General Roca - CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO; IPEM N°
170 “PADRE JOSÉ GABRIEL BROCHERO” Ruta Provincial N° 15 – Sal-
sacate – Departamento Pocho - CONSTRUCCIÓN DE NUEVO EDIFICIO;
ESCUELA “ELOY GOMEZ” ANEXO, Calle Sarmiento (entre Avenida Los
Reartes y Calle San Juan) – Villa Ciudad Parque – Departamento Cala-
muchita - CONSTRUCCION NUEVO EDIFICIO y ESCUELA DE ARTES
APLICADAS “LINO E. SPILIMBERGO” Avenida Pablo Richieri N° 2200 –
Ciudad de Las Artes – Barrio Rogelio Martínez – Departamento Capital -
AMPLIACIÓN DE AULAS”, por la suma total de Pesos Tres Millones Ciento
Ochenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con Treinta Centavos ($
3.186.842,30), suscripta con fecha 28 de agosto de 2015, entre el enton-
ces Director General de Arquitectura, Arquitecto Ricardo ROGNONI, por
una parte y la Apoderada de la Empresa ASTORI CONSTRUCCIONES
S.A. Contadora Marysol Elena VELEZ HERNANDEZ, por la otra, que como
Anexo I compuesto de TRES (3) fojas, integran el presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Tres Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y
Dos con Treinta Centavos ($3.186.842,30), con cargo a Jurisdicción 1.35,
Programa 378-000, Partida 12.06.00.00, conforme lo indica la Dirección
General de Administración del Ministerio de Educación en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2016/000031.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a sus-
cribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo
previamente la Empresa ASTORI CONSTRUCCIONES S.A., integrar el
importe adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a
la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tri-
bunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase a la Secretaría General de Arquitectura del Ministerio de Vi-
vienda, Arquitectura y Obras Viales a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
anexo: https://goo.gl/IUOSSv
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 674
Córdoba, 26 de Septiembre de 2016.-
VISTO: El Expediente N° 0423-048065/2016 del registro del Ministerio
de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el señor Secretario de Seguridad
Ciudadana propicia la implementación del “Programa de Policía Barrial
para la Gestión de la Seguridad Ciudadana por Cuadrantes”, diseñado por
la mencionada Secretaría conjuntamente con la Policía de la Provincia de
Córdoba.
Que este Programa responde a lo referido en el “Plan Integral de Se-
guridad Ciudadana y Prevención del Delito – Córdoba se Encuentra” , que
involucra la prevención integral del delito y la violencia en distintas dimen-
siones: la implementación de programas de prevención social y situacional,
el desarrollo urbano y la implementación de un nuevo modelo policial de
proximidad denominado “Policía Barrial”, la que será capacitada y actua-
rá bajo el sistema de cuadrantes, generando una cultura institucional del
acompañamiento ciudadano.
Que el señor Secretario de Seguridad Ciudadana expresa que el re-
ferido Programa se basará primordialmente en tres componentes: a) La
gestión de recursos humanos y el desarrollo de estrategias de formación y
capacitación; b) El procesamiento y análisis de la información y c) Desarro-
llo de Protocolos de Actuación, todo ello, conforme a los VII Anexos que lo
conforman y acompañan.
Que obran incorporados los Anexos que componen el citado Progra-
ma.
Que siendo uno de los ejes primordiales de esta instancia asistir al
Poder Ejecutivo en todo lo inherente a políticas de seguridad pública y en
el marco de lo dispuesto por los artículos 7, 8, y 9 de la Ley N° 9235, corres-
ponde la implementación del “Programa de Policía Barrial para la Gestión
de Seguridad Ciudadana por Cuadrantes”.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Go-
bierno bajo el N° 745/2016 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1°.- APRUÉBASE la implementación del “Programa de Policía
Barrial para la Gestión de Seguridad Ciudadana por Cuadrantes”, diseñado
por la Secretaría de Seguridad Ciudadana conjuntamente con la Policía de
la Provincia de Córdoba, conforme a lo expresado en los Anexos: I) Estrate-
gia Institucional de implementación de Policía Barrial para la Gestión de la
Seguridad Ciudadana por Cuadrantes; II) Pautas Policía Barrial Capital; III)
Plan de Capacitación de Líderes y Supervisores; IV) Plan de Capacitación
de Patrulla de Policía Barrial; V) Protocolos de Actuación; VI) Etapa I de
Implementación y VII) Marco Conceptual; los que compuestos de veintiséis
(26) fojas; tres (03) fojas; cinco (05) fojas; cuatro (04) fojas; cuarenta y siete
(47) fojas; dos (02) fojas y doce (12) fojas respectivamente, que se incor-
poran y forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
DR. JUAN CARLOS MASSEI – MINISTRO DE GOBIERNO
anexo: https://goo.gl/lFYRkC

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