Resolución Nº 673/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 18.186.318/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Café -bar; de bebidas en general envasadas; restaurante, cantina;
despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Carlos
Calvo N° 851 Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 103,35 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección:
Cautelar;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 20155439-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan
impactos relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados permitidos para la zona "c" del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del
Código de Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Alimentación en general,
restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc., permitido hasta 500m2 y
con referencia 26 de estacionamiento (Salón de 600m2 o más: 20% de la superficie
total construida); Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos. Comercio Minorista:
Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos
de tabaquería y cigarrería, permitido hasta 200m2";
Que se visa Esquema de Publicidad (letrero frontal simple) obrante en el Plano
Adicional Plano-2017-19982034-SSREGIC (N° 17 de orden) cumplimentan con la
normativa, no existe inconvenientes en su localización;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL...
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