Resolucion N° 669 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 111
CORDOBA, (R.A.), LUNES 12 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
lar y controlar dicho sistema, en los términos del art. 30 de la Ley N° 10.155
y su Decreto Reglamentario N° 305/2014, y del artículo 2 de la Ley N° 8614
modicada por Ley N° 10.417.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que dentro de las competencias de esta Dirección General se encuen-
tran la de determinar los bienes y/o servicios que pueden contratarse por
subasta electrónica conforme surge del artículo 8.2.1. del Decreto Regla-
mentario N° 305/2014; y la de denir patrones objetivos de obras que serán
objeto de subastas electrónicas en virtud del artículo 1 del Anexo III del
Decreto N° 1.823/2016.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N° 32/2014
y complementarias, la Dirección General de Compras y Contrataciones
aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Administración Públi-
ca Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios; así como también obras,
subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 40/2017.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica conforme la Ley 10.155 los
bienes y/o servicios que a continuación se detallan:
Código Ítem Nombre Ítem
1217150007 COLORANTE
4618150045 GARIBALDINAS
10313150005 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES
3213100015 REPETIDORES PARA MONITOR DE AISLACION DE IM
PEDANCIA
8310210002 SERVICIOS DE DESOBSTRUCCION DE CLOACAS
5310270006 UNIFORMES DE FUERZA DE SEGURIDAD
Artículo 2° DISPÓNESE que podrán contratarse por el procedimiento
de selección de subasta electrónica conforme la Ley 8.614 las obras que a
continuación se detallan:
Código Ítem Nombre Ítem
3012160004 GAVIONES PARA OBRAS
10313150005 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES
Artículo 3° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES – SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 669
Córdoba, 24 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0111-063086/16 (II Cuerpos) del registro del Mi-
nisterio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0087/2017, de la Dirección General de Insti-
tutos Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan
de Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Publicidad” -Opción
Pedagógica a Distancia-, de tres (3) años de duración, que otorga el títu-
lo de “Técnico Superior en Publicidad”, en el Establecimiento Privado Ads-
cripto “INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES.” -SIGLO 21- COLEGIO
UNIVERSITARIO- Nivel Superior- de Capital, con efecto a Marzo de 2017
(cohorte 2017).
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
cos-formales-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose ta-
les determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en la
resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, el Dictamen N° 0719/2017 del Área Jurídica de este Ministerio
y lo aconsejado a fs. 450 por la Dirección General de Asuntos Legales y en
uso de atribuciones conferidas por el Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0087/2017 de la Dirección Gene-
ral de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1) foja
útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la que se
aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera “Tecnicatu-
ra Superior en Publicidad” -Opción Pedagógica Distancia-, de tres (3) años
de duración, que otorga el título de “Técnico Superior en Publicidad”, en el
Establecimiento Privado Adscripto “INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIO-
RES -SIGLO 21 COLEGIO UNIVERSITARIO- Nivel Superior- de Capital,
con efecto a Marzo de 2017(cohorte 2017).
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/7zkOTD

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