Resolución N° 661/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD”
RESOLUCIÓN N.º 661/MEFGC/18
Buenos Aires, 4 de julio de 2018
VISTO:
El E.E-2017-8.611.705-MGEYA-DGCG y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Hacienda dispuso, mediante la Resolución Nº 1171-MHGC-2017, la
instrucción del presente sumario administrativo, a fines de investigar los hechos
denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieren corresponder, con motivo
de la situación denunciada por un grupo de agentes del Departamento de Sentencias y
Reclamos Previsionales, dependiente de la Dirección General de Contaduría referente
al accionar de la agente C.A.N., en el ámbito de la citada dependencia;
Que previo a todo es preciso señalar que la modificatoria de la Ley N° 1.225 fue la Ley
Nº 4.330 y ambas fueron acogidas por el texto consolidado por Ley Nº 5.666 BOCBA
5014 del 24 de noviembre de 2016;
Que por IF-2017-08615919-DGCG se agregó la nota elaborada por los agentes
A.F.C., E.D.V.G., E.A.C., G.M. y D.M.N. donde describieron a la superioridad la
situación que estaban padeciendo con C.A.N. dentro del ámbito laboral;
Que allí mencionaron que la precitada agente hostigaba a sus compañeros por sus
condiciones físicas o difamándolos con dichos que carecían de veracidad;
Que por su parte, mediante el IF-2017-8676528-DGCG, la Directora General de la
Dirección General de Contaduría, Lucía Griselda Gabelli, remitió las actuaciones a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del entonces Ministerio de Hacienda
(actualmente Ministerio de Economía y Finanzas), a fin de que se instruyese el
correspondiente sumario administrativo por las recurrentes situaciones particulares
ocurridas entre C.A.N. y los otros agentes del sector donde ella se desempeñaba, en
virtud de la denuncia que aquéllos presentaron en su contra;
Que abierta que fuese la etapa instructoria, por PV-2017-10980917-DGSUM, se dejó
constancia que analizada la documentación acompañada en sobre cerrado mediante
PV-2017-9042169-DGTALMH, se desprendía que la misma no guardaba relación con
el objeto del presente sumario registrado bajo el n° 1072/2017, por lo que se resolvió
girar la PV-2017-9042169-DGTALMH con el sobre adjunto a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del entonces Ministerio de Hacienda a los fines que
estimase corresponder;
Que compartiendo dicho criterio, por IF-2017-11577381-DGSUM, la Dirección de
Sumarios de Régimen General, refirió que se había advertido que la documentación
acompañada en el Giro Documental N° 11.135.415-PG-2017 se trataba de dos objetos
de investigación distintos, dado que en el presente sumario se investigaban los hechos
denunciados por un grupo de agentes del Departamento de Sentencias y Reclamos
Previsionales, dependiente de la Dirección General de Contaduría referente al
accionar de la agente C.A.N. en el ámbito de la citada dependencia, y en el otro, la
citada agente denunció ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
presuntos hechos de violencia laboral;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5413 - 13/07/2018

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