Resolución N° 66/SGYRI/19

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 66/SGYRI/19
Buenos Aires, 25 de abril de 2019
VISTO: El Decreto Nº 1550/08 y su modificatorio, el Expediente Electrónico Nº
05.865.017-GCABA-DGDTU-2019, y
CONSIDERANDO:
Que según surge de los presentes actuados, la señora Sofía Pelaia, D.N.I. 37.339.987
quien revista como planta transitoria en la Dirección General Desarrollo Turístico de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales, solicitó licencia extraordinaria sin
goce de haberes, a partir del 1° de junio de 2019 hasta el 31 de mayo de 2020, por
razones personales;
Que la citada Dirección accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no
afectará el normal desarrollo de las tareas;
Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ha tomado debida intervención en el
ámbito de su competencia;
Que la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ha tomado intervención en el asunto
y no encontrando objeciones de índole legal manifiesta que tal solicitud puede
encuadrarse dentro del marco legal establecido según Decreto 1550/2008;
Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/08,
corresponde su autorización;
Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva.
Por ello, conforme lo prescrito por el Decreto N° 1550/28,
EL SECRETARIO GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizase de forma excepcional a partir del 1° de junio de 2019 y hasta el
31 de mayo de 2020, la licencia extraordinaria sin goce de haberes, de conformidad
con lo dispuesto en el Decreto N° 1550/08, a la señora Sofía Pelaia, D.N.I. 37.339.987,
quien revista como planta transitoria en la Dirección General Desarrollo Turístico de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales, partida 50070531.H.00.
Artículo 2°.- Se deja constancia que la agente referida en el artículo precedente deberá
reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la licencia concedida en forma
automática, bajo apercibimiento de disponer la rescisión de la contratación que la
vincula con esta Administración.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de
Administración y Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Desarrollo
Turístico de la Secretaría General y Relaciones Internacionales la que deberá practicar
fehaciente notificación a la interesada de los términos de la presente Resolución.
Cumplido, archívese. Straface
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5611 - 07/05/2019

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