Resolución N° 66 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2023
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2023
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 57
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota de la Secretaria de Gestión Administrativa del
Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la au-
torización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 100/2017.
Que se ha agregado en las presentes actuaciones documentación téc-
nica compuesta por: Memoria Descriptiva, Memoria Técnica, Registro Foto-
gráco, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para Infraestructura
Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especicaciones Técnicas
Particulares, Pliego de Especicaciones Técnicas - Playón Deportivo de Uso
Escolar Prioritario, Cómputo General Obra Nueva, Instalación Eléctrica, Aire
Acondicionado, Agua, Desagües, Contra Incendio, Especiales, Parquiza-
ción, Factores de Costo del Presupuesto (Decreto N° 800/16), Plan de Avan-
ce y Curva de Inversión, Análisis de Precios, Planillas de Locales, Estudio de
Suelos, Memoria de Cálculo y Planimetría, todos suscriptos por la Dirección
General de Infraestructura Escolar del mencionado Ministerio.
Que, de la documentación incorporada en autos, surge que el Presu-
puesto Ocial asciende a la suma de $ 470.528.228,35, calculado al mes
de noviembre de 2022 y que el plazo total de ejecución de obra es de
trescientos sesenta y cinco (365) días.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto a la
Directora General de Proyectos y la Jefatura de Área Gestión Administrati-
va, otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo
que el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico,
manifestando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados.
Que habiendo tomado intervención el Área de Estudio de Costos de la
Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra, advirtiendo que
“…con valores a noviembre 2022, no presenta variaciones signicativas
con los precios que esta area maneja”.
Que el Área Gestión Administrativa mediante nueva intervención de
fecha 15 de marzo de 2023, indica que por Resolución N° 107/2022 del
Ministerio de Educación, fue rescindida de común acuerdo con la entonces
contratista ITECH INGENIERI S.A. la ejecución de la obra “Construcción
de una Escuela Provincial de Nivel Medio a Crearse en el Barrio Müller de
la Localidad de Córdoba, Dpto. Capital – en el Marco del Programa Aurora”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/2008, el
Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de
Obras Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I del Decreto N° 1.419/2017.
Que obra Dictamen Nº 48/2023 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, Decretos
Reglamentarios Nº 4.757/77, Nº 4.758/77 y Decreto N° 100/2017 entiende
que atento que la obra supera el índice dos mil (2000) resulta oportuno dic-
tar el instrumento legal por el cual se apruebe su ejecución, como también
maniesta expresamente que se tendrá que dar cumplimiento a la precita-
da normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto
en el artículo 7 del Decreto Nº 1.419/2017. Asimismo, se advierte que la re-
partición de origen deberá observar los extremos legales necesarios para
dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
48/2023 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
los trabajos en: “TERMINACIÓN DE OBRA: ESCUELA BARRIO MÜLLER
– LOCALIDAD: CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPITAL, conforme la
documentación técnica compuesta por: Memoria Descriptiva, Memoria
Descriptiva, Memoria Técnica, Registro Fotográco, Pliego de Especi-
caciones Técnicas Generales para Infraestructura Escolar de la Provincia
de Córdoba, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares, Pliego de
Especicaciones Técnicas - Playón Deportivo de Uso Escolar Prioritario,
Cómputo General Obra Nueva, Instalación Eléctrica, Aire Acondicionado,
Agua, Desagües, Contra Incendio, Especiales, Parquización, Factores de
Costo del Presupuesto (Decreto N° 800/16), Plan de Avance y Curva de
Inversión, Análisis de Precios, Planillas de Locales, Estudio de Suelos, Me-
moria de Cálculo y Planimetría, cuyo Presupuesto Ocial asciende a la
suma de Pesos Cuatrocientos Setenta Millones Quinientos Veintiocho Mil
Doscientos Veintiocho con Treinta y Cinco Centavos ($ 470.528.228,35).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 66 - Letra:D
Córdoba, 21 de marzo de 2023
Expediente Electrónico N° 0047-001149/2023.-
VISTO: este expediente mediante el cual la Secretaria de Arquitectura de-
pendiente de este Ministerio, propicia se disponga la incorporación en el
Plan de Inversión de Obras Públicas para el Ejercicio Presupuestario Año
2023, de las obras nominadas y detalladas en autos, en el marco del artí-
culo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los nes de incorporar en el referido
Plan, las obras que se describen en la nota obrante en autos, ya que al mo-
mento de confeccionar el Presupuesto para el año 2023 no fueron individua-
lizadas, atento a que “…la necesidad de contratación de dichos trabajos para
la concreción de las obras descriptas, fue encomendada a esta Secretaría, en
función de la competencia técnica por razón de la materia, con posterioridad
al momento de elaboración de dicho Presupuesto…”, solicitando además, sean
afectadas presupuestariamente “…en forma total en el corriente año 2023…”,

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