Resolución Nº 65/GCABA/SSDHPC/17
Firmantes | Malewicz |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL |
VISTO:
El Decreto N° 67/2010, y sus reglamentarias, Resoluciones N° 51/MHGC/10
74/MHGC/15 y 256/MHGC/17, las Resoluciones Conjuntas N°10/SECLYT/13 y
N°3/SECLYT/15, las Disposiciones N° 9/DGCG/10, 183/DGCG/13 y 36-DGCG/15, el
Expediente Electrónico N° 00193771/MGEYA/SSDHPC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la Rendición de Caja Chica
Común N°3 de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural,
dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano, de la Vicejefatura de Gobierno,
en los términos del Decreto N° 67/2010 que aprueba el "Régimen para la asignación
de fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires", por un importe
total de Pesos veintidós mil setecientos ocho con 47/100 centavos ($ 22.708,47);
Que respecto de las erogaciones de los Comprobantes N° 1,7,11,14,17 se indica que
se incurrió en las mismas toda vez que se encontraran fuera de stock para su
adquisición en la firma "STAPLES ARGENTINA S.A.;
Que respecto de los Comprobantes N° 3, 4, 9 y 18 se indica que son erogaciones
relativas a los peajes y responden a la inminente necesidad de contar con dicho
servicio para el uso estricto de los autos oficiales de esta Unidad de Organización;
Que en relación al Comprobante N°12, se informa que remite a la inminente necesidad
de contar con un equipo de fotocopiadora multifunción, toda vez que resulta ser el
único equipo que se adapta a las necesidades específicas para el normal
desenvolvimiento de las actividades de ésta Unidad de Organización;
Que conforme surge de las presentes actuaciones, se señala que la erogación del
Comprobante N°15 corresponde a un proveedor domiciliado en provincia de Buenos
Aires, requiriendo de su contratación por ser la propuesta más conveniente en relación
a su costo y cumplimiento de plazos convenidos;
Que conforme surge de las presentes actuaciones, se señala que la erogación del
Comprobante N°19 responde a la inminente necesidad de contar con dicho servicio
para el desarrollo de reuniones de trabajo;
Que el Decreto N° 67/2010 rige la asignación de fondos a reparticiones del Gobierno
de la ciudad de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de
gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación;
Que dicha norma establece en su artículo 16 que...
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