Resolucion N° 65/2016

EmisorAdm. Prov. del Fondo
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2016

RESOLUCION N° 65/2016

Mendoza, 20 de diciembre de 2016

Asunto:

Ratificación de Acta Acuerdo Paritaria que establece Ayuda Económica Extraordinaria para el Personal de la Administradora Provincial del Fondo.

VISTO

El expediente N° 881-D-2016 y;

CONSIDERANDO:

Que en la mencionada pieza administrativa obra un ejemplar del Acta Acuerdo de fecha 20 de diciembre del corriente año, suscripta ante la Subsecretaría de Trabajo ante el Jefe de División Conflictos Colectivos, el Dr. Martín Antonaia, los representantes gremiales por ATE, Mihail Zagorac; por UPCN Mariana Barrionuevo; por la Dirigencia del Fondo para la Transformación Contadora Sonia Hebe Ficiara; por los empleados Contadora Verónica Paveska y Dr. Javier Nudo y por el Cuerpo Paritario Central, Luis Santamaría;

Que por ser un ente autárquico y conforme a lo establecido en la Ley N° 6.071 t.o., esta Administradora tiene facultades suficientes para establecer la escala salarial y de remuneraciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 10°, inciso I de la citada norma legal.

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1°

Ratifícase lo actuado por los comparecientes en el Acta Acuerdo suscripta el día 20 de diciembre de 2016 ante la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia, por los representantes gremiales por ATE, Mihail Zagorac; por UPCN Mariana Barrionuevo; por la Dirigencia del Fondo para la Transformación Contadora Sonia Hebe Ficiara; por los empleados Contadora Verónica Paveska y Dr. Javier Nudo y por el Cuerpo Paritario Central Luis Santamaría.

Artículo 2°

En virtud de la ratificación efectuada en el artículo anterior, otórguese al Personal de la Administradora Provincial del Fondo una Ayuda Económica Extraordinaria, a ser cancelada el 5 de enero del año 2017 consistente en:

Con las siguientes consideraciones:

a- La ayuda extraordinaria es por persona;

b- Los montos de haberes que indican el monto de ayuda que le corresponde a cada caso, será el que resulte de sumar todos los haberes brutos de cada persona correspondientes a la liquidación mensual...

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