Resolucion Nº

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición15 de Julio de 2016

RESOLUCION Nº

876

Mendoza, 15 de Julio de 2016

VISTO: El expediente Nº 751.350 -2 Caratulado: "Secretaría de Gestión Hídrica s/ Balance Hídrico Río Tunuyán Inferior y Cuenca del Río Tunuyán"; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Documento interno denominado "Diez Medidas Iniciales 2012" propuestas por la Superintendencia General de Irrigación, se planteó como prioritaria la ejecución del Balance Hídrico en las distintas cuencas de la Provincia. Ello por cuanto se consideró necesario dar cumplimiento a la previsión constitucional, a los efectos de una adecuada planificación del recurso hídrico, considerando que no se ha observado desde la sanción de la Constitución Provincial (art. 194), de la Ley General de Aguas, y de las leyes posteriores dictadas al efecto, la completa realización de los estudios necesarios, y la consecuente decisión administrativa o legislativa de dar por efectuado el Balance Hídrico.

Que por Resolución Nº 575/12 de esta Superintendencia se dispuso la "Realización de los estudios y acciones que determinen el Balance Hídrico de las Cuencas de los Ríos Mendoza, Tunuyán, Diamante, Atuel, Malargüe y Grande, conforme lo ordenado por el artículo 194º de la Constitución Provincial y las leyes provinciales dictadas a tal efecto". Todo ello concordante también con el Plan Estratégico de Desarrollo Provincial (2.010) y la Ley de Ordenamiento Territorial de la Provincia de Mendoza N° 8.051, que prevé el conocimiento de la disponibilidad del agua en función del Balance Hídrico de cada cuenca y la dotación de la infraestructura y equipamiento para garantizar un sistema urbano, rural y natural equilibrado.

Que, habiendo sido ya realizado el Balance Hídrico del Río Tunuyán Superior, aprobado por Resolución Nº 267/15 de Sup., se continuó con el

relativo a la Subcuenca del Río Tunuyán Inferior, como complementario de aquél.

Que a fs. 9/243, la Secretaría de Gestión Hídrica acompaña documento técnico denominado "Balance Hídrico Río Tunuyán Inferior" en el marco de lo dispuesto por la Constitución Provincial, Ley de Aguas y Leyes provinciales Nº 386, Nº 430, Nº 6105, Nº 7444 y Nº

8051, de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, así como de la Resolución nº 575/12 de Superintendencia del Departamento General de Irrigación.

Que el presente Documento responde al desarrollo del Programa Balance Hídrico. El mismo, como iniciativa estratégica, permite dar cumplimiento al objetivo de "Implementar la gestión integral del agua, sobre la base del Balance Hídrico Periódico de cada Cuenca",

de acuerdo a lo enunciado en el marco del Plan Estratégico de los recursos hídricos de Mendoza,

denominado "Plan Agua 2020", cuya realización...

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