Resolución Nº 3/09 de 24 de Julio de 2009

La Plata, 24 de julio de 2009.

POR 1 DIA - VISTO el expediente Nº 2439-19/2009 y la Ley Nº 12653, por la que se crea el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), y los Decretos Nº 3002/06, 365/08, 521/08 y 355/09, y;

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley Nº 12653, en su artículo 1º crea el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) como ente autárquico, con capacidad jurídica para actuar en la esfera del derecho público y privado;

Que asimismo, la citada Ley determina el objeto del COMIREC y detalla -a título enunciativo- las funciones que debe desarrollar, destacando que para su ejercicio y en todos los casos, buscará una complementación operativa con las estructuras específicas del Poder Ejecutivo evitando la duplicación de tareas;

Que entre sus funciones de la Ley mencionada, en el artículo 10 prevé darse su estructura funcional necesaria para el cumplimiento de los objetivos establecidos;

Que las consideraciones precedentes se fundan en un marco jurídico propio que se aparta expresamente, en la constitución, potestades y objeto del COMIREC, de aquellos que se regulan en las figuras especiales del Decreto Nº 1322/05 y las Resoluciones Nº 3/07 y Nº 15/07, que rigen en materia de diseño y creación de estructuras de la Provincia de Buenos Aires;

Que por Decretos Nº 365/08, Nº 521/08 y 355/09, se designaron los miembros del directorio de Comité de Cuenca del Río Reconquista con carácter "ad-honorem";

Que resulta prioritario desarrollar de modo sostenido acciones específicas de planificación, prevención, monitoreo y fiscalización en el territorio de la cuenca del Río Reconquista;

Que es menester implementar acciones de difusión y concientización ciudadana de la preservación del recurso, así como aquellas inherentes a la coordinación del Consejo Consultivo;

Que han tomado intervención de su incumbencia la Subsecretaría de Modernización del Estado, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;

Que por Acta Nº 16 de Directorio del COMIREC se aprobó por unanimidad el presente Proyecto;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 2º, 10 y 11 de la Ley Nº 12653;

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL COMITÉ DE CUENCA DEL RÍO RECONQUISTA

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Aprobar la estructura orgánico-funcional del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), cuyo órgano de vinculación con el Poder Ejecutivo provincial es el Ministerio de Infraestructura y de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º

Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Director General Ejecutivo, con rango y remuneración equivalentes a Director Provincial; UN (1) Responsable de la Unidad Jurídico-Legal, con rango y remuneración equivalentes a Director Provincial; UN (1) Responsable de la Unidad de Planificación de Saneamiento de la Cuenca, con rango y remuneración equivalentes a Director; UN (1) Responsable de la Unidad de Gestión Integral del Recurso Hídrico, con rango y remuneración equivalentes a Director; UN (1) Responsable de la Unidad Administrativa y Contable, con rango y remuneración equivalentes a Director; UN (1) Responsable de la Unidad de Relaciones Institucionales, con rango y remuneración equivalentes a Director; todos ellos, conforme a los cargos vigentes para la Administración Pública, Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96).

ARTÍCULO 3º El Comité de Cuenca del Río Reconquista propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 4º Registrar, comunicar, publicar, dar al "Boletín Oficial", al SINBA y a la Dirección Provincial de Gestión Pública

Pasar al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar.

Lic. Ana Corbi

Presidente

COMIREC

ANEXO 2

COMITÉ DE CUENCA DEL RÍO RECONQUISTA

DIRECCIÓN GENERAL EJECUTIVA

ACCIONES

  1. Asistir al Directorio del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) en la implementación de todas las directivas y decisiones que este determine.

  2. Constituir un enlace permanente entre las políticas fijadas por el Directorio, y su implementación a través de las diversas unidades de coordinación.

  3. Formular la articulación de la gestión específica de todas las unidades de coordinación, efectuando el seguimiento de dicha gestión.

  4. Convocar, preparar y coordinar las reuniones de Directorio y confeccionar la agenda del mismo, con la anuencia del Director Secretario.

  5. Definir indicadores de calidad de gestión a fin de optimizar el seguimiento y supervisión de los planes de trabajo que realicen las diferentes unidades.

  6. ...

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