Resolución N° 6343/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 6343/MCGC/21
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2021
VISTO: El Decreto Nº 612/05 y su modificatorio Decreto Nº 1024/08, la Resolución Nº
2733- MCGC/2021, el EX-2021-34414227-GCABA-DGPLBC y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1024/08 estableció la modificación de los términos del artículo 1°
del Decreto Nº 612/05 (B.O. CBA. N Nº 2.120), facultando al titular del Ministerio de
Cultura y para aquellas actividades que se desarrollen en dicha jurisdicción, a
establecer y fijar la asignación de Desempeño Voluntario, en concepto de
compensación de gastos.
Que la Resolución Nº 2733-MCGC/2021 fijó como suma máxima la cantidad de
PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), en concepto de desempeño voluntario.
Que la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura elevó la nómina
de personas que se desempeñaron como colaboradores voluntarios para la
programación “Eje saber en Bibliotecas”, conforme el detalle indicado en el Anexo
identificado bajo el informe Nº IF-2021-34441191-GCBA-DGPLBC.
Que el gasto resultante, en concepto de asignación por colaboración voluntaria,
asciende a la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000).
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Desígnanse colaboradores voluntarios de la programación “Eje saber en
Bibliotecas” a las personas nominadas en el Anexo identificado bajo el IF-2021-
34441191-GCABA-DGPLBC, que forma parte de la presente, aprobándose los montos
que para cada caso se indican, los que no podrán superar la suma máxima de PESOS
OCHO MIL ($ 8.000).
Artículo 2º.- Apruébase el gasto total, por la suma de PESOS SESENTA MIL ($
60.000).
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a incluir el importe individual en cada caso, en las respectivas
órdenes de pago, conforme los montos aprobados por la presente medida.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la
respectiva partida del presupuesto en vigor.
Artículo 5º.- Solicítase a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda
y Finanzas, a disponer el pago a los beneficiarios de la asignación desempeño
voluntario, a modo de excepción, contra la presentación del Documento Nacional de
Identidad en sede de esa Tesorería.
Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Oficina de
Gestión Sectorial, a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura
y a la Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas del Ministerio de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6305 - 26/01/2022

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