Resolución Nº 634/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 18.271.799/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc." para el

inmueble sito en la calle Nueva York N° 4074 - Piso 4° dpto. "B", con una superficie a

habilitar de 71,50 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 36 "Plaza Arenales y Estación

Devoto" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que los usos son los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos

N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito R1b1;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 19728969-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan

impactos relevantes en el Distrito APH 36 "Plaza Arenales y su entorno";

Que al respecto, la Gerencia Operativa informa que, según lo dispuesto en el inciso 5)

Usos, del parágrafo 5.4.12.36 DISTRITO APH36 del C.P.U: "5.2 Usos en inmuebles no

catalogados: Son los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos

N° 5.2.1 para el Distrito R1b1, admitiéndose además para los ámbitos "Diagonal

Fernández de Enciso entre Asunción y Nueva York; Calle Nueva York entre Fernández

de Enciso y Lincoln y Conjunto Plazoletas Estación Devoto", los mencionados a

continuación:" "...Agencias comerciales de empleo, turismo, SA inmobiliaria, etc., Ley

No 123: S.R.E....";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista...

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