Resolución N° 630 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Octubre de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 214
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 15 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que la Ley de Educación Nacional N° 26206 y la Ley de Educación de
la Provincia de Córdoba N° 9870 habilitan a la formulación de propuestas
curriculares para los distintos niveles y modalidades del sistema educativo
provincial con el n de garantizar el derecho a la educación.
Que en tal sentido, y en el marco de las Resoluciones Ministeriales N°
84/11 y N° 148/13, la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos
viene desarrollando desde el año 2020 una experiencia piloto de un Nuevo For-
mato Pedagógico Institucional para la Educación Secundaria Presencial, en
aquellos Centros Educativos con apertura de cursos y divisiones por cohorte.
Que, este Nuevo Formato Pedagógico Institucional planteó innovacio-
nes en el diseño curricular, tiempos, espacios y de organización de las
trayectorias para cursar el Ciclo Básico y el Ciclo Orientado.
Que, mediante la reorganización del diseño curricular vigente, se ofre-
ce una propuesta integrada por disciplinas y áreas de los Planes de Es-
tudios del Nivel Secundario de la Modalidad de Jóvenes y Adultos, como
alternativa y complementaria de la Presencialidad y la Semipresencialidad
a Distancia, en formato Pluricurso.
Que en esta propuesta, para cursar la educación secundaria, se de-
nen instancias presenciales de cursado, tiempos de trabajo autónomo de
los/as estudiantes y tiempos de tutorías para el acompañamiento de las
trayectorias educativas.
Que en los centros educativos que implementan el nuevo formato
pedagógico, se plantea el uso de materiales de elaboración institucional
(Módulos o cuadernillos) como recurso didáctico para la enseñanza, y que
de manera no exclusiva ni excluyente, se pueden utilizar los módulos de
estudio de la propuesta educativa Semipresencial a Distancia.
Que la Propuesta Curricular Integrada del Nuevo Formato Pedagógico
Institucional implicó una experiencia válida para el cursado anual de la
Educación Secundaria Obligatoria de los/as estudiantes de la Modalidad
de Jóvenes y Adultos.
Por ello;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1°. APROBAR la Propuesta Curricular detallada en el Anexo I, y la car-
ga horaria consignada en el Anexo II, compuesto de una (1) foja útil cada uno.
Art. 2°. CONVALIDAR la experiencia piloto, instrumentada en el ciclo
lectivo 2020 y AUTORIZAR la misma para el ciclo lectivo 2021.
Art. 3°. AUTORIZAR a la Dirección General de Educación de Jóvenes
y Adultos a llevar a cabo su implementación conforme a las orientaciones
pedagógicas y administrativas que disponga; y en los centros educativos
que lo requieran.
Art. 4°. DISPONER que al nalizar el Ciclo Orientado, el egresado
reciba el Título de “BACHILLER ORIENTADO EN…”, según la estructura
curricular aprobada por Resolución Ministerial N° 148/13, en la que hubie-
ra nalizado el Ciclo Orientado.
Art. 5°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 630
Córdoba, 13 de octubre de 2021
VISTO: La Resolución Ministerial N° 27/21 y su Anexo I;
Y CONSIDERANDO:
Que el referido instrumento legal, en su art. 1°, establece el proce-
dimiento para actos públicos con modalidad virtual para la cobertura de
cargos con carácter suplente e interino de la Dirección General de Educa-
ción Inicial y de la Dirección General de Educación Primaria, en su art. 2°
dispone la creación de una Comisión Ad Hoc para la conducción de dicho
proceso, y en su art. 3° se faculta a la Dirección General de Coordinación y
Gestión de este Ministerio a n de que establezca los aspectos operativos
y determine los criterios necesarios para la aplicación del mismo.
Que lo dispuesto surge de la necesidad de implementar un mecanismo
que permita la cobertura de los cargos docentes que se encuentren vacan-
tes para el ciclo lectivo 2021, con carácter suplente e interino, en el ámbito
de las mencionadas Direcciones Generales, en razón de la situación epi-
demiológica que atraviesa el territorio nacional por la pandemia COVID-19,
garantizando de esta manera el derecho a la educación para todos los
niños y niñas de esta Provincia.
Que atento a lo señalado precedentemente, resulta indispensable en
esta instancia adoptar igual medida en relación a contar con un dispositivo
normativo que habilite las convocatorias virtuales para traslados y titulari-
dades en virtud de la situación sanitaria imperante, y asimismo accesible
para que los aspirantes puedan participar en condiciones análogas a las
vigentes.
Que por lo expuesto, corresponde adoptar la siguiente medida.
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.- AMPLIAR la Resolución Ministerial N° 27/21 haciendo ex-
tensiva la medida dispuesta en el referido dispositivo legal, en relación a
los trámites de convocatorias virtuales para traslados y titularidades de
docentes dependientes de las Direcciones Generales de Educación Inicial
y de Educación Primaria.
Art. 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en Boletín O-
cial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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