Resolución N° 6243/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición31 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 6243/MCGC/21
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), sus modificatorias y
complementarias, la Ley N° 6.063 y su modificatoria N° 6.146, la Resolución N° 3631-
MCGC/19 y el E. E. Nº EX-2021- 32266974-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), sus modificatorias y
complementarias, encomienda a este Ministerio el diseño e implementación de las
políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural.
Que mediante la Ley Nº 6.063 se establece un régimen para la protección de la
actividad cultural desarrollada en los Espacios Culturales Independientes, posibilitando
sus actividades y funcionamiento;
Que el artículo 2° de la citada Ley denomina Espacio Cultural Independiente al
establecimiento con una capacidad máxima para trescientos (300) asistentes y una
superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados de superficie cubierta, en el
cual se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia,
radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y
artistas y las actividades autorizadas para los teatros independientes, peñas, milongas,
clubes de música en vivo y centros culturales.
Que mediante la Ley N° 6.146 se modifica el artículo 37 de la referida Ley y se
encomienda al Poder Ejecutivo a través de la autoridad de aplicación de las políticas
culturales, a efectuar un relevamiento de los Espacios Culturales Independientes y de
los establecimientos que funcionen bajo los encuadramientos legales comprendidos
por las Leyes N° 2.147, N° 2.323, N° 2.324, N° 2.542 y N° 5.240 (teatros
independientes, peñas y milongas, clubes de música en vivo y centros culturales), a fin
de informar a la autoridad de aplicación en materia de fiscalización y control, la nómina
de espacios culturales que, por su actividad cultural, deban ser promovidos mediante
las políticas de protección establecidas.
Que en este contexto mediante Resolución N° 3631-MCGC/19 este Ministerio crea el
Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), a conformarse por la nómina
de los Espacios Culturales Independientes (ECI) en los términos de lo establecido por
la Ley Nº 6.063 y su modificatoria N° 6146, y aprueba el Reglamento General que
regula la inscripción a dicho catálogo y los formularios requeridos a los solicitantes a
tal fin.
Que por el presente actuado tramita la petición de ASOCIACION VECINAL DE
SAAVEDRA Y BIBLIOTECA POPULAR 25 DE MAYO, C.U.I.T. N° 30-70906566-8, por
la cual solicita la inscripción al referido catálogo del espacio denominado VECINAL DE
SAAVEDRA Y BIBLIOTECA 25 DE MAYO, sito en la AV. DOCTOR RICARDO BALBIN
Nº 4221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que mediante N° IF-2021-39254949-GCABA-DGDCC, la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo informa que, conforme la documentación presentada por el
solicitante, se verifica el cumplimiento de las condiciones y formalidades establecidas
en el referido Reglamento General a fin de proceder a la inscripción del espacio
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6308 - 31/01/2022

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