Resolución N° 62/CDNNYA/20

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición23 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 62/CDNNYA/20
Buenos Aires, 20 de enero de 2020
VISTO: La Ley N° 114 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el Decreto N° 638-
GCABA/07 y su modificatorio, el Decreto N° 117-GCABA/17, el Decreto N° 463-
GCABA/19 y su modificatorio, el Decreto N° 510-GCABA/19, la Resolución N° 446-
MHGC/16 y sus modificatorias, las Resoluciones N° 214-MHGC/17, N° 399-
MEFGC/19 y N° 4.793-MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 03402357-GCABA-
DGRPJ/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto Nº 638-GCABA/07 y su modificatorio, el Decreto N° 117-
GCABA/17, se delegó en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de
Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las
designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de Gabinete
correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones
pertinentes en cada caso;
Que por Decreto N° 463-GCABA/19 y su modificatorio, el Decreto N° 510-GCABA/19,
se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por el artículo 7° del decreto mencionado precedentemente, se instituyó el
Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de
Gobierno, a partir del 10 de diciembre de 2019;
Que por la Resolución Nº 446-MHGC/16, modificada por las Resoluciones N° 214-
MHGC/17 y N° 399-MEFGC/19, se estableció que el excedente de Unidades
Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado podrá ser administrado
como Suplemento de Gabinete;
Que por la Resolución N° 4.793-MEFGC/19 se modificó por única vez y de forma
excepcional el plazo de vigencia establecido en la Resolución N° 446-MHGC/16 y
modificatorias para las asignaciones de Suplemento de Gabinete efectuadas a partir
del 10 de diciembre de 2019, estableciéndose que las asignaciones tendrán vigencia
hasta 31 de diciembre de 2020 o cuando cese en sus funciones la Autoridad Superior
de la repartición en la que revista presupuestariamente el agente que percibe dicho
suplemento, o cuando aquella disponga el cese de la asignación, lo que primero
ocurra, al tiempo que estableció que por única vez y de forma excepcional, las
asignaciones en concepto de Suplemento de Gabinete efectuadas hasta el 31 de
enero de 2020 podrán ser retroactivas al 10 de diciembre de 2019 y podrán asignarse
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5786 - 23/01/2020

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