Resolución Nº 615/GCABA/ERSP/16
Firmantes | Michielotto - Barrera - Goldsack - LaurÃa |
Emisor | F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana N° 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N°
51/2002, el Acta de Directorio N° 645 del 17 de noviembre de 2016, el Expediente N°
2478/EURSPCABA/2015, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3° de la Ley N° 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente N° 2478/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de un plan de control
en el mes de abril de 2015 por Omisión de Vaciado de Cestos Papeleros y Ausencia
del Servicio de Barrido, en la denominada zona 2 a cargo de la empresa Cliba
Ingeniería Urbana SA;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y su inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Vaciado de Cestos
Papeleros, Título Tercero, Anexo III Servicio de Barrido y Limpieza de Calles, Punto
8.1 y Ausencia del Servicio de Barrido, conforme Título Tercero, Anexo III Servicio de
Barrido y Limpieza de Calles, Punto 8 del Pliego de Bases y Condiciones de la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de
Higiene Urbana N° 997/2013;
Que, a fs. 3 consta Acta de Fiscalización N° 120572/ERSP/2015 de fecha 07/04/2015,
la cual expresa que a las 11.50 hs. en la calle Paraguay 3050 "Se detectó la ausencia
de barrido...";
Que, a fs. 8, consta Acta de Fiscalización N° 120565/ERSP/2015 de fecha 07/04/2015,
la cual expresa que a las 11.15 hs. en la calle Soler 4501, "Se detectó la ausencia de
barrido...";
Que, a fs. 13 consta Acta de Fiscalización N° 120827/ERSP/2015 de fecha
09/04/2015, la cual expresa que a las 12.09 hs. en la calle Bulnes 1865, "Se detectó la
ausencia de barrido...";
Que, a fs. 18 consta Acta de Fiscalización N° 120826/ERSP/2015 de fecha
09/04/2015, la cual expresa que a las 10.40 hs. en la calle Billinghurst 1101, "Se
detectó la ausencia de barrido...";
Que, a fs. 23 consta Acta de Fiscalización N° 121119/ERSP/2015 de fecha
13/04/2015, la cual expresa que a las 11.15 hs. en la calle Vicente López 1844, "Se
detectó la ausencia de barrido...";
Que, a fs. 27 consta Acta de Fiscalización N° 121128/ERSP/2015 de fecha
13/04/2015, la cual expresa que a las 10.35 hs. en la calle Beruti 2403, "Se detectó la
ausencia de barrido...";
Que, a fs. 32 consta Acta de Fiscalización N° 121476/ERSP/2015 de fecha
15/04/2015, la cual expresa que a las 12.20 hs. en la Avenida Las Heras 2556, "Se
detectó la ausencia de barrido...";
Que, a fs. 37 consta Acta de Fiscalización N° 121479/ERSP/2015 de fecha
15/04/2015, la cual expresa que a las 12.00 hs. en la calle Vidt 2101, "Se detectó la
ausencia de barrido...";
Que, a fs. 42 consta Acta de Fiscalización N° 121616/ERSP/2015 de fecha
16/04/2015, la cual expresa que a las 11.50 hs. en la calle Azcuénaga 810, "Se
detectó la ausencia de barrido...";
Que, a fs. 46 consta Acta de Fiscalización N° 121617/ERSP/2015 de fecha
16/04/2015, la cual expresa que a las 12.40 hs. en la Avenida Callao 989, "Se detectó
un cesto papelero lleno al 100% de su capacidad...";
Que, a fs. 50 consta Acta de Fiscalización N° 122147/ERSP/2015 de fecha
21/04/2015, la cual expresa que a las 10.25 hs. en la calle José A. Cabrera 5301, "Se
detectó la ausencia de barrido...";
Que, a fs. 51 consta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba