Resolución Nº 615/GCABA/ERSP/16

FirmantesMichielotto - Barrera - Goldsack - Lauría
EmisorF/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación

Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene

Urbana N° 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones

del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N°

51/2002, el Acta de Directorio N° 645 del 17 de noviembre de 2016, el Expediente N°

2478/EURSPCABA/2015, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de

los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,

seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se

realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y

protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del

medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;

Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su

control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;

Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las

funciones enumeradas en el Art. 3° de la Ley N° 210, sin ningún tipo de limitación,

independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;

Que, el Expediente N° 2478/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de un plan de control

en el mes de abril de 2015 por Omisión de Vaciado de Cestos Papeleros y Ausencia

del Servicio de Barrido, en la denominada zona 2 a cargo de la empresa Cliba

Ingeniería Urbana SA;

Que, no genera dudas la calificación como servicio público y su inclusión entre las

prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Vaciado de Cestos

Papeleros, Título Tercero, Anexo III Servicio de Barrido y Limpieza de Calles, Punto

8.1 y Ausencia del Servicio de Barrido, conforme Título Tercero, Anexo III Servicio de

Barrido y Limpieza de Calles, Punto 8 del Pliego de Bases y Condiciones de la

Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de

Higiene Urbana N° 997/2013;

Que, a fs. 3 consta Acta de Fiscalización N° 120572/ERSP/2015 de fecha 07/04/2015,

la cual expresa que a las 11.50 hs. en la calle Paraguay 3050 "Se detectó la ausencia

de barrido...";

Que, a fs. 8, consta Acta de Fiscalización N° 120565/ERSP/2015 de fecha 07/04/2015,

la cual expresa que a las 11.15 hs. en la calle Soler 4501, "Se detectó la ausencia de

barrido...";

Que, a fs. 13 consta Acta de Fiscalización N° 120827/ERSP/2015 de fecha

09/04/2015, la cual expresa que a las 12.09 hs. en la calle Bulnes 1865, "Se detectó la

ausencia de barrido...";

Que, a fs. 18 consta Acta de Fiscalización N° 120826/ERSP/2015 de fecha

09/04/2015, la cual expresa que a las 10.40 hs. en la calle Billinghurst 1101, "Se

detectó la ausencia de barrido...";

Que, a fs. 23 consta Acta de Fiscalización N° 121119/ERSP/2015 de fecha

13/04/2015, la cual expresa que a las 11.15 hs. en la calle Vicente López 1844, "Se

detectó la ausencia de barrido...";

Que, a fs. 27 consta Acta de Fiscalización N° 121128/ERSP/2015 de fecha

13/04/2015, la cual expresa que a las 10.35 hs. en la calle Beruti 2403, "Se detectó la

ausencia de barrido...";

Que, a fs. 32 consta Acta de Fiscalización N° 121476/ERSP/2015 de fecha

15/04/2015, la cual expresa que a las 12.20 hs. en la Avenida Las Heras 2556, "Se

detectó la ausencia de barrido...";

Que, a fs. 37 consta Acta de Fiscalización N° 121479/ERSP/2015 de fecha

15/04/2015, la cual expresa que a las 12.00 hs. en la calle Vidt 2101, "Se detectó la

ausencia de barrido...";

Que, a fs. 42 consta Acta de Fiscalización N° 121616/ERSP/2015 de fecha

16/04/2015, la cual expresa que a las 11.50 hs. en la calle Azcuénaga 810, "Se

detectó la ausencia de barrido...";

Que, a fs. 46 consta Acta de Fiscalización N° 121617/ERSP/2015 de fecha

16/04/2015, la cual expresa que a las 12.40 hs. en la Avenida Callao 989, "Se detectó

un cesto papelero lleno al 100% de su capacidad...";

Que, a fs. 50 consta Acta de Fiscalización N° 122147/ERSP/2015 de fecha

21/04/2015, la cual expresa que a las 10.25 hs. en la calle José A. Cabrera 5301, "Se

detectó la ausencia de barrido...";

Que, a fs. 51 consta...

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