Resolución N° 61 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición14 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 169
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 30 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Lega-
les de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Finanzas mediante Dictamen N° 61/2017.
LA DIRECTORA GENERAL
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el procedi-
miento de selección de subasta electrónica los bienes que se detallan:
Código Ítem Nombre Ítem
8111200003 SERVICIOS DE CENTRO DE SERVICIOS DE DATOS
7215250002 SERVICIOS DE INSTALACION DE DESTACAMENTO
8311230004 SERVICIOS DE INSTALACION DE FIBRA OPTICA
4323350001 SOFTWARE, PROGRAMAS DE CORREO ELECTRONICO
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: MA. GIMENADOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CON-
TRATACIONES – SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 61
Córdoba, 14 de Julio de 2017
VISTO: El expediente N° 0279-010130/2017, del registro de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología, por el que se tramita la conformación de las Co-
misiones Evaluadoras del Consejo de Evaluación de Ciencia y Tecnología.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 19/2017 de este Ministerio de Ciencia y Tec-
nología se aprobó el “Reglamento de Evaluación de Proyectos Cientícos
Tecnológicos”, destinado a establecer reglas de funcionamiento explícitas y
públicas que den transparencia y legitimidad a todo el proceso de evalua-
ción y adjudicación de subsidios de las diversas convocatorias dependien-
tes de la Secretaría de Gestión en Ciencia y Tecnología.
Que dicho reglamento contempla, entre otras iniciativas, la creación de
un Consejo de Evaluación de Ciencia y Tecnología como una estructura
de evaluación integrada por representantes de universidades de gestión
pública y privada, institutos y centros de ciencia y tecnología, asociaciones,
empresas y expertos externos, designados por este Ministerio.
Que la Dirección de Promoción Cientíca de este ministerio ha agregado
Informe sobre conformación de las Comisiones Evaluadoras del Consejo
de Evaluación de Ciencia y Tecnología acompañando el listado correspon-
diente para la designación de los once (11) miembros Titulares y Suplentes
de las Comisiones Evaluadoras de Calidad, según lo indicado en su Anexo
I.
Que la composición nal de cada Comisión Evaluadora fue adecuada a
la cantidad y diversidad de postulaciones realizadas por las distintas Ins-
tituciones, contemplando una composición equilibrada de organizaciones
y disciplinas.
Que las funciones de las Comisiones Evaluadoras de Calidad serán: a)
Evaluar la Calidad que incluye la Acreditación Curricular, de las postulacio-
nes a subsidios o nanciamiento de investigaciones, desarrollos tecnológi-
cos e innovaciones, formación de investigadores, especialistas y tecnólo-
gos o reconocimientos, que sean sometidos a su consideración y siguiendo
criterios especicados en las Bases de las Convocatorias; b) Elaborar los
dictámenes de Calidad (que incluirá Acreditación Curricular) basándose en
las evaluaciones que sobre cada solicitud se hayan efectuado, dentro de
los plazos que el Ministerio le requiera los que serán de carácter vinculante
para este Ministerio; y c) Efectuar la evaluación de los informes de avance
o nales de los subsidios otorgados en el Área Temática de su competencia
y atender las solicitudes de modicaciones de Proyectos en desarrollo con
el n de no afectar su calidad.
Que los miembros de las Comisiones Evaluadoras ejercerán sus cargos
con carácter ad honorem, y solamente tendrán derecho a percibir las com-
pensaciones por gastos de traslado y comida que correspondan, conforme
al criterio de este Ministerio.
Que los miembros de las Comisiones Evaluadoras durarán (1) año en sus
funciones, pudiendo prorrogarse hasta (3) años automáticamente si no
existe noticación de caducidad por parte de este Ministerio, no pudiendo
ser reelectos consecutivamente, debiendo mediar, como mínimo, un (1)
año, y se renovarán parcialmente cada dos (2) años.
Que se considera oportuno y conveniente disponer la designación de los
once (11) miembros Titulares y Suplentes de las Comisiones Evaluadoras
de Calidad, de cada área temática, en un todo de acuerdo al listado agre-
gado por la Dirección de Promoción Cientíca.
Por todo ello, y lo dictaminado por la Subdirección de Asuntos Legales de
este Ministerio bajo el N° 65/2017;
EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Articulo 1°.- DESIGNAR como miembros Titulares y Suplentes de las Co-
misiones Evaluadoras de Calidad del Consejo de Evaluación de Ciencia y
Tecnología, a las personas nominadas en el Anexo I, el que compuesto de
trece (13) fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial, comu-
níquese y archívese.
FDO.: CARLOS WALTER ROBLEDO, MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Anexo: https://goo.gl/s5L2AW
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1118
CÓRDOBA, 14 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-109501/2012, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 1128/16 de la Dirección
General de Educación Primaria, mediante la cual se dispuso, ad referen-

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