Resolución N° 603 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición19 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 148
CORDOBA, (R.A.), MARTES 1º DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que toma intervención el señor Secretario de Seguridad Provincial,
quien da cuenta que la propuesta elevada a consideración respeta los li-
neamientos del Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del
Delito – “Córdoba se Encuentra”, por lo conere participación al Sr. Jefe de
Policía como así a esta instancia, procurando su conocimiento, interven-
ción y Visto Bueno, los cuales prestan conformidad a lo gestionado.
Que el Protocolo propiciado, pretende estandarizar el actuar policial al
tiempo de efectuar controles vehiculares en regiones urbanas, en un marco
de respeto de los Derechos Humanos y protección de garantías constitu-
cionales, la prevención del delito y contravenciones, como así lograr mayor
ecacia y eciencia en la materia, en pos de un modelo policial de proximi-
dad, conforme los objetivos que se enuncian en el mentado Protocolo de
Control Vehicular Policial.
Que en función de lo expresado, el actuar preventivo que orienta la
intervención de la fuerza provincial de seguridad, y los objetivos y políticas
de seguridad provincial vigente, en un todo de acuerdo a las previsiones
de la Ley N° 9235 y sus modicatorias y el art. 18 del Decreto 1791/15
-raticado por Ley N° 10.337-.
Por ello. lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Gobierno bajo N° 675/2017 y en el uso de sus
atribuciones.
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E :
Artículo 1°.- APRUÉBASE el “Protocolo de Control Vehicular Urbano”,
cuya Acta de aprobación fuera suscripta por los representantes de la Co-
misión de Trabajo Interinstitucional de Estandarización de Actuaciones Po-
liciales, el que como ANEXO I, se acompaña y forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se y archívese.
FDO: DR JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO DE CORDOBA
ANEXO: https://goo.gl/NdzaGK
Resolución N° 605
Córdoba, 19 de julio de 2017.
VISTO: el Expediente N° 0423-048850/2016 (7 Cuerpos).
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el señor Director del Centro de Ca-
pacitación y Programación de la Federación de Bomberos Voluntarios de la
Provincia de Córdoba, solicita el otorgamiento de las Matrículas Profesio-
nales a favor de los Bomberos Voluntarios egresados del Tercer Nivel de
Capacitación, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 197/07, emitida
por el entonces Ministerio de Seguridad.
Que cabe referir que, entre el entonces Ministerio de Seguridad y la
Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia se rmó el Convenio
Marco de Colaboración N° 007 de fecha 02 de junio de 2007.
Que toma intervención el señor Secretario de Gestión de Riesgo Cli-
mático y Catástrofes, de esta cartera Ministerial, expresando que se ha
dado cumplimiento, a través de la Federación de Bomberos de la Provincia
de Córdoba, a la incorporación de la documentación pertinente, conforme
a las exigencias dispuestas por la citada Resolución N° 197/07 en sus
Anexos I y II.
Que la matriculación de quienes se han esforzado en capacitarse tiene
por nalidad acreditar el carácter profesional de los Bomberos Voluntarios.
Que tal carácter, posibilita la apertura del campo laboral especíco
permitiéndoles acceder al desempeño, como responsables, en la orga-
nización de los sistemas de seguridad contra incendios en instalaciones
públicas y privadas del medio en el que desarrollan habitualmente sus
tareas. Asimismo les posibilita continuar con su formación profesional en
temáticas anes más allá del nivel máximo ya alcanzado en la Federación
de Bomberos Voluntarios, todo dentro del plan de Gobierno tendiente a la
jerarquización de tan loable tarea.
Que por lo expuesto, corresponde en la instancia, hacer lugar a lo soli-
citado en autos, disponiendo la expedición de matrícula a favor de los dos-
cientos treinta y tres (233) Bomberos Voluntarios nominados en el Anexo
Único a la presente resolución, según lo establecido mediante Resolución
N° 197/07.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N° 645/2017 y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
Artículo 1°.- EXPÍDASE Matrícula Habilitante en los términos de la
Resolución Ministerial N° 197/07, a favor de los doscientos treinta y tres
(233) Bomberos Voluntarios nominados en el Anexo Único de cinco (5)
fojas que se acompaña y forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: DR. JUAN CARLOS MASSEI – MINISTRO DE GOBIERNO
ANEXO: https://goo.gl/dC75qK
Resolución N° 603
Córdoba, 19 de julio de 2017.
VISTO: la necesidad de incrementar los valores correspondientes a las
tasas que se abonan a los usuarios del Servicio de Policía Adicional previs-
tos en la Ley N° 4982/68 y su Decreto Reglamentario N° 5303/76.
Y CONSIDERANDO:
Que lo propiciado tiende a reajustar el pago de tasas por servicios
adicionales policiales, considerando que, desde la última actualización de
las referidas tasas, el salario policial se ha incrementado – conforme a los
porcentajes jados por el Poder Ejecutivo, sin que haya aumentado el pago
por el servicio de seguridad adicional que presta la Policía de la Provincia

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