Resolución N° 6 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2023
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 7
CORDOBA, (R.A.) MARTES 10 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
la nalización del contrato que operará el 30 de junio de 2023, por variación de
costos del servicio de guarda y custodia de documentación del Registro Gene-
ral de la Provincia, que fuera adjudicado mediante Resolución N° 213/2017, con
ampliación de cantidades dispuesta por Resolución N° 181/2018, prorrogado
por Resolución 85/2020 y con redeterminaciones de precios aprobadas me-
diante sus similares N° 119/2019, N° 310/2019, N° 144/2021, N° 217/2021, N°
306/2021, N° 29/2022, 60/2022 y 84/2022, todas de este Ministerio.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo anterior por la suma de PESOS TRESCIEN-
TOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON
CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 341.255,52.-) a Jurisdicción 1.15 –Mi-
nisterio de Finanzas-, de acuerdo con el siguiente detalle: por el período
octubre-diciembre de 2022, $ 113.751,84.- al Programa 155-001, Partida
3.04.02.00 “Almacenamiento” del P.V. y por el período enero-junio de 2023,
$ 227.503,68.- como Importe Futuro.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000382
FDO.: OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 6 - Letra:D
Córdoba, 06 de enero de 2023
Expediente Nº 0045-023518/2021/A14.-
VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada
de los Fondos de Reparo de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO SECUN-
DARIO S-425 – TRAMO: AU RN N° 19 – CAPILLA DE LOS REMEDIOS
– LONGITUD: 12,7 KM. – DEPARTAMENTO RÍO PRIMERO”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que mediante Resolución Ministerial N° 329/2022, se adjudicó la ejecución
de la referida obra al Consorcio Caminero Único, suscribiéndose el pertinente
contrato el día 1 de noviembre del 2022, con un plazo de obra de trescientos
sesenta (360) días contados a partir de la suscripción del Acta de Replanteo
Total la cual fue confeccionada con fecha 22 de noviembre del 2022.
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 en su Artículo 59 dispone que “…En
todo certicado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por
ciento (5%) al diez por ciento (10%) de su importe para formar el fondo de repa-
ro según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago dife-
rido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto
del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos
previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente…”.
Que se acompaña en autos copia del Legajo Único de contratación de la
obra, que en su punto II.2.3 establece “Del importe total de cada certicado de
obra mensual ejecutada, se retendrá como Fondo de Reparo un porcentaje
del cinco por ciento (5%) en garantía de la buena ejecución de los trabajos,
hasta la Recepción Denitiva de la obra”; y en su punto II.2.6 según el cual “La
inspección, medición y certicación de las obras estará a cargo de la DPV (…)”.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único solicita la sustitución anti-
cipada del fondo de reparo con fecha 24 de noviembre de 2022, acompañando
en autos “PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN EN GARANTÍA DE SUSTITU-
CIÓN DE FONDOS DE REPARO OBRA PÚBLICA” N° 13.885, Condiciones
Generales y Particulares, con vigencia desde las 0 horas del día 18 de noviem-
bre del 2022, “…hasta la extinción de las obligaciones del Tomador, cuyo cum-
plimiento cubre”, emitida por GALENO SEGUROS S.A., CUIT N° 30-71439519-
6, por un monto de Pesos Cuarenta y Tres Millones Trescientos Noventa y
Cuatro Mil Quinientos Setenta y Nueve con Un Centavo ($ 43.394.579,01), en
relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en
la ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domici-
lio del asegurado. Asimismo, se consigna que los asegurados son: “CONSOR-
CIO CAMINERO, VIALIDAD DE LA PROVINCIA Y MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Que obra Dictamen Nº 2022/PDMOP-00000128 de la Dirección Gene-
ral de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento
a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley
de Obras Públicas N° 8.614, artículo 107 del Pliego General de Condicio-
nes (Decreto N° 4.758/77) puede aprobarse la sustitución de que se trata
para aquellos certicados que a la fecha del presente instrumento legal se
hubieran emitido –en caso de así corresponder- y para los que se emitan
en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 2022/PDMOP-00000128 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Re-
paro mediante “PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN EN GARANTÍA DE

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