Resolución Nº 6/GCABA/ISSP/15

FirmantesDe Langhe
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorInstituto Superior de la Seguridad Pública
Fecha de la disposición14 de Enero de 2015

VISTO:

La Ley N° 2.894, las Resoluciones N° 15/ISSP/13, N° 44/ISSP/14 y N° 235/ISSP/14, el

Expediente Electrónico N° 347220/MGEYA/SGISSP/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, encomendando al

Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción

política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la ley supra citada, tiene la

misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la citada

Fuerza de Seguridad;

Que el Artículo 40 de la Ley N° 2.894, dispone que el ingreso a la Policía Metropolitana

se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública a

efectuarse en este Instituto, y de los exámenes que al efecto se establezcan en las

normas reglamentarias;

Que dicho artículo, en su párrafo segundo determina que los/as estudiantes no

tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios, según el régimen

que se establezca al respecto;

Que mediante la Resolución N° 15/ISSP/13, se aprobó el Reglamento de Cadetes del

Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que conforme lo dispuesto por el citado cuerpo reglamentario, se denomina aspirante

a cadete a toda persona que cumpliendo los requisitos formales establecidos en la

normativa vigente, se postula para ingresar a la Policía Metropolitana;

Que en el marco de lo estipulado por el mencionado Reglamento, se denomina Cadete

a toda persona que, habiendo cumplido con los requisitos formales de la normativa

vigente y con el período de adaptación, es incorporado/a como alumno/a al Curso de

Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana, mediante

Resolución del Rector, encontrándose asimismo sujeto/a a lo dispuesto por el citado

Reglamento y demás normativa en la materia;

Que en ese entendimiento, por medio de la Resolución N° 44/ISSP/14, fueron

incorporados al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía

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