Resolución N° 6 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 175
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 7 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER LEGISLATIVO
Resolución N° 6
Córdoba, 26 de agosto 2016
VISTO:
El expte. 0523-00222/16, “DIR. DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL.
COMPENSACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Nº 5”; por el que se
propicia la compensación de recursos nancieros asignados por la Ley Nº
10.322 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial año
2016, en el marco de la Ley Nº 9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y mo-
dicatorios el Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en el citado expediente obra el correspondiente documento de modi-
cación de crédito presupuestario intervenido por la Secretaría Adminis-
trativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón por el
Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el Anexo Único
del presente acto.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modi-
caciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que la modicación propuesta y autorizada se encuadra en las disposicio-
nes legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de la Ley
Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la Adminis-
tración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30 y
41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº 9086,
por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009 y Decreto
Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 02/2014 de la
Secretaría de Administración Financiera Art 2° (Punto A 3.11).
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL
CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º.- FORMALIZAR la compensación de Recursos Financieros del
Presupuesto General de la Administración Provincial correspondiente al
mes de julio de 2016 la que se detalla en el Reporte SUAF Documento de
Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario, que como Anexo
Único -con dos (2) fojas útiles- forman parte integrante de la presente Re-
solución, conteniendo un total de un (1) Documento SUAF.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Conta-
duría General de la Provincia y a la Legislatura, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.-
FDO.: MARTIN M. LLARYORA, VICEGOBERNADOR - SEBASTIAN MATIAS ROSSA,
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
Anexo: http://goo.gl/2dqm0c
Resolución N° 7
Córdoba, 26 de agosto 2016
VISTO:
El expte. 0523-00006/2016, “DIR. DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL.
COMPENSACIÓN DE CARGOS Nº 1”; por el que se propicia la compen-
sación de Recursos Humanos asignados por la Ley Nº 10.322 Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial año 2016, en el marco de
la Ley Nº 9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y modicatorios del Poder
Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en mérito de ello resulta menester adecuar la planta del personal otor-
gando una Compensación de Recursos Humanos con una disminución de
ocho (8) cargos de Secretario De Bloque Legislativo (03-400) - desde el
Programa 900/0 dependiente de la jurisdicción 2.00 - y el aumento de ocho
(8) cargos de Director General (03-350) Programa 900/0 dependiente de
la jurisdicción 2.00.
Que en el citado expediente obra el correspondiente documento de modi-
cación de cargo presupuestario intervenido por la Secretaría Administrativa
de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón por la Dirección
General de Presupuesto e inversiones públicas del Ministerio de Finanzas
y que se detallan en el Anexo Único del presente acto.
Que asimismo, la Resolución Nº 02/2014 de la Secretaría de Administra-
ción Financiera Art 2° (Punto B 3.6) dispone que mensualmente se for-
malice a través de una Resolución Ministerial, todas las modicaciones
autorizadas en el mes (Dto. 150/04 y sus modicatorias). Una vez protoco-
lizada, la misma se comunique a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas, a la Contaduría General de la Provincia, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura.
Que la modicación propuesta y autorizada se encuadra en las disposi-
ciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 inc. f) y 110 in ne
de la Ley Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30 y
41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 y cctes. de la Ley
Nº 9086, por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009
y Decreto Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº
02/2014 de la Secretaría de Administración Financiera Art 2° (Punto B 3.6).

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