Resolución N° 5988/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 5988/MCGC/21
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2021
VISTO: Ley Nacional N° 27.541, el Decreto N° 974/1995, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 260/PEN/2020, N° 1/GCABA/2020, sus prórrogas y modificatorios, N°
297/PEN/2020 y sus prórrogas y modificatorios, N° 875/PEN/2020 y sus prórrogas, la
Resolución N° RESOL-2021-3957-GCABA-MCGC los Expedientes Electrónicos Nº
EX-2021-30652745-GCABA-DGPMYCH y EX-2021-36579849- - GCABA-MES y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica,
financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y
delegó en el Poder Ejecutivo Nacional las facultades comprendidas en la citada Ley en
los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases de
delegación establecidas en el artículo 2°, hasta el 31 de diciembre de 2020;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, se amplió la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 por el plazo de
un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial;
Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020, sus prórrogas y
modificatorios, se declaró la emergencia sanitaria en el Ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir
y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus
(COVID19);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
297/PEN/2020 y sus prórrogas y modificatorios, se dispuso la medida de aislamiento
social, preventivo y obligatorio;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional
875/PEN/2020 y sus prórrogas y modificatorios, se dispuso la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio” para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (coronavirus);
Que por Ordenanza Nº 36.689 se aprobó el Régimen de Concursos y Premios de
artes plásticas, Manchas y Tapices, entre otros;
Que los artículos 79° y 80° del Anexo de la citada Ordenanza establecen que el
Ministerio de Cultura organizará bienalmente el Salón Municipal de Tapices el cual
estará integrado por las categorías "Técnicas clásicas" y "Técnicas artesanales";
Que el artículo 81° del Anexo de la citada Ordenanza establece que cada una de las
mencionadas categorías recibirá primer y segundo premio, los que tendrán el carácter
de adquisición y se ajustarán a las proporciones allí indicadas;
Que por Decreto N° 974/1995 se fijaron los montos de los premios correspondientes al
Salón Municipal de Tapices, previstos por la Ordenanza N° 36.689, en las sumas allí
establecidas;
Que mediante la Resolución N° RESOL-2021-3957-GCABA-MCGC se aprobó el XXVI
Salón de Tapiz-Bienal 2018-2019 (arte textil) y su modalidad virtual;
Que, en el presente contexto de emergencia, el mencionado sector cultural afronta
grandes dificultades para obtener recursos genuinos, enfrentándose a situaciones
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6305 - 26/01/2022

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