Resolución N° 286/PJCABA/CMCABA/09
Firmantes | Daniele - Devoto |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 4 de Junio de 2009 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESOLUCIÓN N° 286/ PJCABA/ CMCABA/ 09
APRUEBA CARGOS - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - OFICINA DE ATENCIÓN DESCENTRALIZADA - OAD - DE LA ASESORÍA GENERAL TUTELAR EN EL BARRIO SOLDATI - NUEVA POMPEYA - SECRETARIO DE 1RA. INSTANCIA - PROSECRETARIOS ADMINISTRATIVO DE 1RA. INSTANCIA - OFICIALES - ESCRIBIENTES - AUXILIARES DE SERVICIO
Buenos Aires, 04/06/2009
VISTO:
Las Actuaciones Nros. 09369/09 y 09380/09 y la Resolución AGT N° 71/2009;
y
CONSIDERANDO:
Que la Asesoría General Tutelar, mediante Res. N° 71/2009, resolvió la creación de la “Oficina de Atención Descentralizada” (OAD) de la Asesoría General Tutelar en el barrio Soldati-Nueva Pompeya, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley 1903, su modificatoria N° 2.386, y los arts. 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la creación de dicha oficina, se fundó en la necesidad de contar con una nueva estructura, adecuada, ágil y eficiente, que permita el cumplimiento de las tareas propias de la nueva unidad funcional y de los objetivos fijados.
Que posteriormente, mediante el Anexo I de la Res. AGT N° 71/2009, se dispuso la estructura de dicha unidad funcional, compuesta por un cargo de Secretario de 1ra. Instancia, dos cargos de Prosecretarios Administrativos de 1ra. Instancia, dos cargos de Oficiales, dos cargos de Escribientes, y dos cargos de Auxiliar de Servicios, solicitando al Consejo la creación de la estructura respectiva.
Que intervino la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, proponiendo al Plenario aprobar la creación de la estructura mencionada precedentemente.
Que en tal estado llegan las actuaciones al Plenario. Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su art. 116, inc. 6, otorga al Consejo de la Magistratura la facultad de administrar los recursos que la ley le asigne al Poder Judicial, y en el art. 124 se reconoce autonomía funcional al Ministerio Público, de ello surge la competencia del Consejo para disponer sobre el destino de los recursos presupuestarios, y del Ministerio Público para proponer la creación de cargos.
Que asimismo, el art. 125 de la Carta Magna, dispone que son funciones del Ministerio Público, promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, y velar por la normal prestación del servicio de justicia...
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