Resolución N° 1018/GCABA/MDUGC/08

FirmantesChaín
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

RESOLUCIÓN N° 1018/ GCABA/ MDUGC/ 08

SE APRUEBA ACTA ACUERDO - LICITACIÓN PÚBLICA N° 350-07 - LATINOCONSULT SA - REVISIÓN DEL PROYECTO E INSPECCIÓN DE OBRAS DEL TÚNEL VEHICULAR DE E BONORINO CON VìAS DEL EX FFCC BELGRANO - RECEPCIÓN DEFINITIVA DE OBRA

Buenos Aires, 30/12/2008

VISTO: el Expediente N° 11.086/2007, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 663/07 fue adjudicada a la empresa contratista CONSTRUERE INGENIERIA S.A. la ejecución de la obra: “Cruce bajo nivel de calle Bonorino y Vías del FFCC Metropolitano (ex Belgrano Sur) habiéndose fijado como fecha de inicio el día 19 de Junio de 2007 y plazo de contrato 270 días;

Que por Expediente N° 11.086/2007 tramitó el procedimiento de Licitación Pública N° 350/2007, con el objeto de contratar los servicios de consultoría para la “Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de E. Bonorino con vìas del ex FFCC Belgrano”

Que mediante Resolución N° 176-MPyOP-2007 fueron aprobados los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares,

Que en cumplimiento del Decreto 1.825-GCBA-97, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que mediante Resolución N° 176-MPyOP-2007, se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 350/2007, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064,

Que por Resolución 467-MPyOP-2007 fue aprobada la Licitación Pública N° 350/07, Expte N° 11.086/07 y se adjudicó a la firma LATINOCONSULT S.A. la : “Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de E. Bonorino con vìas del ex FFCC Belgrano”, por el monto total de la oferta de PESOS SETECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 719.576,00); con un plazo de ejecución de ocho (8) meses y el Plazo del Período de garantía de doce (12) meses, a partir de la orden de comienzo de las tareas.

Que mediante Resolución N° 514-MPyOP-2007 se rectificó el artículo 2° de la Resolución N° 467-MPyOP-2007, estableciendo que el plazo de ejecución de ocho (8) meses serán contados a partir de la orden de comienzo de las tareas y un plazo de garantía de doce (12) meses, computados a partir de la recepción provisoria de los trabajos.

Que en fecha 02 del mes de...

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