Resolución N° 4938/GCABA/DGR/08

FirmantesLeguizamon
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 4938/ GCABA/ DGR/ 08

SE FIJA EL PERÍODO PREVISTO POR EL ART 1 INC A) DE LA RESOLUCIÓN 59-DGR-06 - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - CÓMPUTO - PLAZOS - PROCEDIMIENTO - DÍAS HÁBILES - FERIA JUDICIAL DE INVIERNO - FECHAS - ENERO - INHÁBILES

Buenos Aires, 18/12/2008

VISTO:

la Resolución N° 59-DGR/06 (B.O.C.B.A. N° 2361), y

CONSIDERANDO:

Que en el ámbito de la Dirección General de Rentas no se computan respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles comprendidos en la primera quincena de enero de cada año y la primera semana correspondiente a la feria judicial de invierno que establezca para cada año el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) de la norma citada en los vistos se hace necesario precisar los días incluidos en dicho período;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 3° y 4°, inciso 15) del Código Fiscal (t.o. 2008),

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

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