Resolución N° 59/MEDGC/19

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición14 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N59/MEDGC/19
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nacional N° 26.206, la Resoluciones CFE N° 183/02 y 32/07, el
Dictamen N° 2434/19, el Expediente Electrónico Nº11.142.297-GCABA-DGEGP/19, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estos actuados la ratificación del Dictamen N° 2434/19 de la Comisión
Federal de Registro y Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia del
Consejo Federal de Educación;
Que la Ley Nacional N° 26.206, estableció que la "validez nacional de títulos y
certificaciones de estudios a distancia se ajustará a la normativa del Consejo Federal
de Educación y a los circuitos de control, supervisión y evaluación específicos, a cargo
de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de
Educación a Distancia y en concordancia con la normativa vigente.";
Que la Resolución N° 183-CFE/02, emitida por el Consejo Federal de Cultura y
Educación, creó la “Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las
Ofertas de Educación a Distancia“;
Que el Dictamen N° 2434/19 emitido por Comisión Federal de Registro y Evaluación
Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia, que estableció la "No
Aprobación" fue emitido a tenor de la presentación de la carrera "Tecnicatura Superior
en Comercio Internacional con Orientación Aduanera del Instituto Privado Cámara
Argentina de Comercio y Servicios (A-955) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el dictamen de “No Aprobación“ para dicha carrera emitido el 8 de octubre de
2019 inhabilita a la Institución para dictarla;
Que para la emisión de dicho Dictamen se tuvieron en cuenta los indicadores
pautados en la Resolución N° 183-CFE/02 del Consejo Federal de Cultura y
Educación, y demás normativa concomitante, en orden a la información, datos
generales de la carrera, fundamentación y objetivos de la misma, perfil del egresado,
propuesta curricular (diseño y desarrollo), materiales didácticos a utilizar, cuerpo
académico, recursos e infraestructura, presupuesto y modo de financiamiento,
organización, gestión y sistema de monitoreo y evaluación de la carrera;
Que ha tomado la correspondiente intervención en los presentes actuados la Dirección
General de Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°.- Ratifícase el Dictamen N° 2434/19 de la Comisión Federal de Registro y
Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia del Consejo Federal de
Educación, que establece la "No Aprobación" para la carrera "Tecnicatura Superior en
Comercio Internacional con Orientación Aduanera del Instituto Privado Cámara
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5779 - 14/01/2020

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