Resolucion N° 59

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXV - Nº 60
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 23 DE MARZO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Provincia.
QUE el Artículo 124º inc. 3 c) del Decreto Nº 525/95 Reglamen-
tario de la Ley 7631, disponen que los cambios de afectación de
bienes muebles dentro de la Administración General de la Provincia
serán autorizados por el Ministerio de Finanzas a través del Conta-
dor General de la Provincia cuando se produzca entre organismos
atendidos por Servicios Administrativos de distinta jurisdicción.
QUE el Artículo 148º del Anexo “A” de la Resolución Nº 02/2014
de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Fi-
nanzas, modificada por Resolución Nº 14/15 de la Contaduría Ge-
neral de la Provincia establece que habrá cambio de afectación de
un bien mueble si este se produce entre organismos de distinta
jurisdicción por lo tanto se deberá dar participación al Ministerio
de Finanzas para que a través de la Contaduría General de la Pro-
vincia, se dicte el instrumento legal pertinente. El cambio de afec-
tación implica una baja y alta simultánea en los inventarios de las
jurisdicciones intervinientes.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c.) del Decreto
Nº 525/95 reglamentario de la Ley 7631, y Art. 148º del Anexo “A de
la Resolución Nº 02/2014 de la Secretaría de Administración Finan-
ciera, modificada por Resolución Nº 14/15 de Contaduría General
de la Provincia.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR el cambio de afectación de los bie-
nes muebles e informáticos pertenecientes al Poder Judicial, según
el detalle que se describe en su Anexo I de 5 fojas, el que forma
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º: ORDENAR a las Dirección General de Adminis-
tración del Poder Judicial que confeccione las fichas de Baja Pa-
trimonial de los bienes entregados, y a la Dirección de Administra-
ción del Ministerio de Educación, y Dirección de Administración del
Ministerio de Desarrollo Social, y Dirección de Administración del
Ministerio de Trabajo y Policía de la Provincia que registre el Alta
Patrimonial de dichos bienes en el Sistema Único de Administración
Financiera (SUAF), todo ello dentro de los treinta (30) días de san-
cionada la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ofi-
cial de la Provincia, comuníquese a las jurisdicciones intervinientes
y archívese. Cra. Daniela Rodolfi Tuzinkevicz, Contadora Gral.de la
Provincia
ANEXO http://goo.gl/ArGzUP
Resolución N° 59
Córdoba, 15 de marzo de 2016
VISTO: El expediente Nº 0644-005220/2015 y su agregado N° 0644-
005361/2016 por el que se solicita el cierre del Fondo Permanente “C” –
IPLAM – del ex Ministerio de Infraestructura (hoy Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales), creado por Resolución Ministerial N° 70/12.
Y CONSIDERANDO:
Que en el Presupuesto 2016 el crédito a atender con dicho fondo fue
transferido al Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, por lo que
el fondo citado no será utilizado en el futuro por el Ministerio requirente.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista téc-
nico-contable, en relación al cierre del Fondo Permanente solicitado, ha-
MINISTERIO DE FINANZAS
biendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 25 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 95/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente “C” – IPLAM
– del ex Ministerio de Infraestructura (hoy Ministerio de Vivienda, Arquitec-
tura y Obras Viales).
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo del Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese. Fdo: Lic. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 63
Córdoba, 15 de marzo de 2016
VISTO: El expediente Nº 0040-060204/2016, por el que se solicita el
cierre del Fondo Permanente “D” – CONSTRUCCIÓN DE AULAS NUEVAS
– del Ministerio de Educación (nanciado con Recursos Afectados), creado
por Resolución Ministerial N° 007/10.
Y CONSIDERANDO:

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