Resolución Nº 58/GCABA/MEGC/15

FirmantesBullrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición12 de Enero de 2015

VISTO:

La Ley N° 70, los Decretos Nros. 1000/99, 20/12 y 424/14, la Disposición N°

24/DGOGPP/11, y el Expediente Electrónico N° 17393036-MGEYA-DGEGE/14, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de los programas,

proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben

redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada;

Que por Decreto N° 1.000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70;

Que el Artículo 14 del anexo del citado Decreto establece que la remuneración será

equivalente a la del cargo que ocupaba quien presenta el informe final de gestión;

Que por Decreto N° 20/12 se designó a partir del 01 de enero de 2012 al Sr.

Maximiliano Gulmanelli Barbiero, DNI N° 22.913.549, CUIL N° 20-22913549-0, como

Director General de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, del

Ministerio de Educación;

Que el Sr. Maximiliano Gulmanelli Barbiero cesó en dicho cargo el 22 de septiembre

de 2014 por renuncia que le fuera aceptada por Decreto N° 424/14;

Que en el Artículo 2 del Anexo de la Disposición N° 24-DGOGPP/11 se establece que

la aplicación de lo normado por el Artículo 25 de la Ley N° 70 se limita a "...los

funcionarios que se hayan desempeñado, como ejecutores de programas

presupuestarios, en cargos previstos por la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas complementarias, así como sus

superiores jerárquicos. Este ámbito abarca hasta el primer nivel de la estructura

orgánico-funcional de las Jurisdicciones o Entidades, entendido por tal el

correspondiente a las Direcciones Generales y Direcciones Generales Adjuntas

incluidas en la estructura aprobada por el Decreto N° 2075/GCABA/07 o funcionarios

de nivel equivalente...";

Que el agente precedentemente mencionado ha presentado el respectivo informe final

de gestión previsto por la normativa citada, resultando procedente la aprobación del

mismo;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1 Apruébase en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70, el informe final de

gestión presentado por...

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