Resolución Nº 58/GCABA/MEGC/15
Firmantes | Bullrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Educación |
Fecha de la disposición | 12 de Enero de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 70, los Decretos Nros. 1000/99, 20/12 y 424/14, la Disposición N°
24/DGOGPP/11, y el Expediente Electrónico N° 17393036-MGEYA-DGEGE/14, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de los programas,
proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben
redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada;
Que por Decreto N° 1.000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70;
Que el Artículo 14 del anexo del citado Decreto establece que la remuneración será
equivalente a la del cargo que ocupaba quien presenta el informe final de gestión;
Que por Decreto N° 20/12 se designó a partir del 01 de enero de 2012 al Sr.
Maximiliano Gulmanelli Barbiero, DNI N° 22.913.549, CUIL N° 20-22913549-0, como
Director General de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, del
Ministerio de Educación;
Que el Sr. Maximiliano Gulmanelli Barbiero cesó en dicho cargo el 22 de septiembre
de 2014 por renuncia que le fuera aceptada por Decreto N° 424/14;
Que en el Artículo 2 del Anexo de la Disposición N° 24-DGOGPP/11 se establece que
la aplicación de lo normado por el Artículo 25 de la Ley N° 70 se limita a "...los
funcionarios que se hayan desempeñado, como ejecutores de programas
presupuestarios, en cargos previstos por la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas complementarias, así como sus
superiores jerárquicos. Este ámbito abarca hasta el primer nivel de la estructura
orgánico-funcional de las Jurisdicciones o Entidades, entendido por tal el
correspondiente a las Direcciones Generales y Direcciones Generales Adjuntas
incluidas en la estructura aprobada por el Decreto N° 2075/GCABA/07 o funcionarios
de nivel equivalente...";
Que el agente precedentemente mencionado ha presentado el respectivo informe final
de gestión previsto por la normativa citada, resultando procedente la aprobación del
mismo;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
gestión presentado por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba