Resolución N° 572 Letra:F

EmisorCaja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 257
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5 días - 29/12/2016 - s/c.-
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 572 Letra:F
Córdoba, 21 de diciembre 2016
EXPEDIENTE 0124-160016/2011
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se propicia la instrumentación del
receso administrativo para el próximo mes de enero de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1680, de fecha 01/12/2016 (B.O. 14/12/2016) el
Poder Ejecutivo Provincial dispuso el receso administrativo a partir del día
02/01/2017 y hasta el 31/01/2017 en el ámbito de la Administración Pública
Provincial centralizada, declarándose inhábiles a los nes del procedimien-
to administrativo los días comprendidos en dicho mes, puntualizándose
además que las ocinas de la Administración Pública Provincial -áreas cen-
tralizadas y descentralizadas- deberán permanecer cerradas y sin aten-
ción al público durante el mes de enero de 2017, con las excepciones pre-
vistas en el citado decreto en relación a las áreas operativas del Ministerio
de Salud, de Gobierno (áreas de seguridad y gestión de riesgo climático y
catástrofes), de Justicia y Derechos Humanos (servicio penitenciario), de
Transporte, de Educación (escuelas de verano), de Rentas.
Que, asimismo, el art. 2 del referido instrumento legal, ordena el otorga-
miento de la licencia anual ordinaria, conforme las normas que regulan su
relación laboral, para el personal de las áreas de la Administración Pública
Provincial centralizada.
Que en lo concerniente a las entidades autárquicas, como es el caso de
nuestra Institución, el artículo 6 del decreto precitado puntualiza “DISPÓ-
NESE que los titulares de los organismos descentralizados de la Adminis-
tración Pública Provincial, especialmente las Agencias, dicten normas aná-
logas a la presente, otorgando la licencia anual ordinaria de su personal sin
afectar la prestación del servicio a su cargo.
Que consecuentemente, corresponde disponer la adhesión de la Institu-
ción al receso administrativo a partir del 02/01/2017 y hasta el 31/01/2017,
con los alcances y efectos legales allí previstos.
Que se ha determinado, además, que el personal cumpla el total de días
de licencia anual durante el mes de enero, desde el primer día hábil has-
ta el 27/01/2017, de conformidad con el plan elaborado por la Unidad Ad-
ministrativa de Capital Humano, con excepción del personal que resulte
necesario afectar a guardias mínimas, para el cumplimiento de las tareas
consideradas indispensables, en cuyo caso deberán ser expresamente
fundamentadas en razones operativas absolutamente impostergables para
la Institución y autorizadas por la Unidad Administrativa de Capital Huma-
no.
Que, por otra parte, resulta pertinente encomendar a la Unidad Adminis-
trativa de Capital Humano que disponga las medidas tendientes a que la
actividad que se desarrolle en la Institución durante el mes de enero de
2017 importe una mínima utilización de los espacios físicos y unidades de
trabajo a n de que sea posible la efectiva reducción de gastos, de confor-
midad con lo dispuesto en el art. 8, último párrafo del Decreto N° 1680/16.
Por ello en virtud del Decreto provincial N° 1680 de fecha 01/12/2016, la
Sra. Interventora de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Cór-
doba, con funciones de Presidenta;
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: DISPONER la adhesión de la Institución al receso adminis-
trativo establecido por Decreto N° 1680/16 del Poder Ejecutivo Provincial,
con los alcances y efectos legales allí previstos a partir del día 02/01/2017
y hasta el 31/01/2017, sin obligación de prestar servicios durante el período
indicado, a excepción de las guardias mínimas establecidas en el artículo
2° de la presente resolución.
ARTÍCULO 2: DISPONER el otorgamiento de la licencia anual ordinaria
para el personal de la Institución, la que deberá materializarse a partir del
primer día hábil de enero hasta el 27 de enero de 2017, con excepción del
personal que resulte necesario afectar a guardias mínimas, para el cumpli-

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