Resolución N° 571-MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 571/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
la Ley N° 1.218, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, las Disposiciones N°
198- DGLIM/2016 y N° 196-DGLIM/2017, el Expediente Electrónico N° 04771334-
MGEYA-DGLIM/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico incoado por la
empresa prestataria del Servicio Público de Higiene Urbana de la Zona 4,
ECOHABITAT S.A. Y OTRA UTE (conforme Licitación Pública Nacional e Internacional
N° 997-SIGAF-2013) contra los términos de la Disposición N° 198-DGLIM/2016;
Que mediante la mentada Disposición, el Director General de la Dirección General de
Limpieza dispuso la aplicación a la mencionada Empresa de tres multas, de
conformidad con las previsiones en el artículo 58 FALTAS LEVES apartados 3 y 4 de
la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 997-SIGAF-2013: una por las
correspondientes al Servicio de Barrido y Limpieza de calles, equivalente a QUINCE
(15) puntos de penalidad, multa que asciende a la suma total de PESOS DIECINUEVE
MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 42/100 ($ 19.377,42); otra por las
correspondientes al Servicio de Recolección, equivalente a SESENTA (60) puntos de
penalidad, multa que asciende a la suma total de PESOS SETENTA MIL
TRESCIENTOS NUEVE CON 93/100 ($ 70.309,93); y la otra por las correspondientes
al Servicio de Provisión, Reposición, Reemplazo y Mantenimiento de Contenedores,
equivalente a VEINTITRÉS (23) puntos de penalidad, multa que asciende a la suma
total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO CON 20/100 ($ 2.405,20);
Que dicho acto administrativo fue notificado a la empresa el día 26 de octubre de
2016;
Que contra la Disposición N° 198-DGLIM/2016, la mentada empresa presentó recurso
de reconsideración, el cual fuera rechazado por la Dirección General de Limpieza
mediante la Disposición N° 196-DGLIM/2017, notificada a la empresa el 13 de julio de
2017;
Que en fecha 8 de agosto de 2017, la empresa presentó la ampliación fundamentos
para el recurso jerárquico contra los términos de la Disposición N° 198-DGLIM/2016;
Que la Dirección General de Limpieza se expidió mediante el Informe 18243033-
DGLIM/17, en el cual realiza un análisis pormenorizado de los argumentos realizados
por la recurrente en su presentación, manifestando que las argumentaciones que en
su defensa ha sostenido la empresa no alcanzan a justificar la irregularidad cometida;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete conforme lo prescripto por la Ley N° 1.218, emitiendo el Informe Nº
27508621-DGREYCO/2017, sugiriendo desestimar el recurso bajo estudio.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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