Resolución N° 570-ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
RESOLUCIÓN N.º 570/ERSP/17
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2017
VISTO:
El Art. 18 y el Art. 42 de la Constitución Nacional, el Art. 8.1 y el Art. 8.2 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Ley Nacional Nº 24240 y su
modificatoria Ley N° 26.361, el Art. 46, el Art. 138 y el Art. 139 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, el Art. 24 y el Art. 25 del Decreto 2356/03 la Ley Nº 210, el
Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el
Acta de Directorio Nº 667 del 17 de agosto del 2017, el Expediente Nº
4469/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o
fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros
para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la
competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se
dicten al respecto;
Que, según lo prescribe el inc. d) del Art. 2º de la Ley Nº 210, se entiende como
servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, al Control de
Estacionamiento por Concesión;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, a fs. 1/2 consta denuncia Nº 14090, de fecha 29 de julio de 2016 realizada por el
usuario, Sr. Juan Busso, respecto a la falta de mantenimiento en la autopista ubicada
en Av. Ing. Huergo y Av. San Juan;
Que, a 4 se incorpora Acta de Fiscalización N° 00173972/ERSP/2016, de fecha 06 de
septiembre del 2016, constituyéndose personal del Organismo en la Av. Ing. Huergo y
Autopista 25 de Mayo, verificando que "...Las canaletas laterales tienen un poco de
basura que dificulta el desagote...";
Que, a fs. 7 consta Informe Nº 697/ATyC/2016 del Área Tránsito y Concesiones de la
Gerencia de Control solicitando el inicio de sumario. Consecuentemente, a fs. 10 la
Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso dispuso la apertura del sumario,
notificando a fs. 13 a la empresa sumariada la presunta infracción por ella cometida;
Que, a fs. 18/20 la sumariada presenta descargo alegando que "...se observaron
pequeños objetos y restos de papeles, los cuales se retiran mediante equipos de
limpieza gruesa y también mediante el servicio de barredora mecánica que tiene
implementado Ausa en forma rutinaria (...) Con relación al escurrimiento del agua de
lluvia, el mismo no se ve afectado en su funcionamiento ya que posee una pendiente
importante, que incluso ayuda para auto limpiar las cunetas...";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5348 - 06/04/2018

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