Resolución N° 57 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorDIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 83
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 4 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 4.456.233).
Que a fs. 83/341 se adjuntan las cotizaciones efectuadas por las rmas
oferentes con la correspondiente documental solicitada en los pliegos.
Que a fs. 343 se expide la Señora Jefa de la División Intendencia quien in-
forma que la propuesta presentada por la empresa: “GENERAL DE ABAS-
TECIMIENTO S.A.” cumple con las especicaciones técnicas solicitadas
en los pliegos como así también inere que el precio cotizado es acorde a
los del mercado actual, con respeto a la rma “NUTRISION PROFESIO-
NAL S.R.L.”, la misma no se ajusta a los requerimientos técnicos y funcio-
nales exigidos en los pliegos de la presente licitación, asimismo determina
que el precio cotizado por la empresa es acorde a los valores actuales del
mercado.
Que a fs. 345/347 se adjunta informe del CEPROCOR vigente a la fecha de
la rma “GENERAL DE ABASTECIMIENTO S.A.”, a los nes de subsanar lo
observado en el Acta de Apertura.
Que a fs. 348 la División Compras incorpora cuadro comparativo entre las
ofertas presentadas por las rmas participantes y el presupuesto ocial.
Que a fs. 349 obra “Acta de Preadjudicación”, por la cual la Comisión de
Preadjudicación de la licitación de marras, previo estudio y análisis de
las propuestas y luego de noticar a las rmas participantes con fecha:
06/04/2018 a través del Acta de Apertura de la licitación de mención para
que en el término de 48 hs. hábiles regularicen los defectos de forma ob-
servados en dicho acto y ante la URGENCIA maniesta de contar con el
Servicio de Racionamiento para el Personal Policial en cuestión ya que
la falta de este servicio repercute de manera directa sobre el normal des-
envolvimiento de las actividades propias de seguridad y prevención y ba-
sándose en el informe técnico emitido por la Señora Jefa de la División
Intendencia a fs.: 343, aconseja: RECHAZAR la propuesta presentada por
la rma “NUTRICION PROFESIONAL S.R.L.”, por no ajustarse técnicamen-
te a lo solicitado en los pliegos de la presente licitación. PREADJUDICAR
a la rma “GENERAL DE ABASTECIMIENTO S.A.” la presente licitación,
por ajustarse a lo solicitado hasta la suma total de PESOS CUATRO MI-
LLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
SIETE ($ 4.147.787).
Que a fs. 350/355 obran constancias de comunicación a las rmas parti-
cipantes del Acta de Preadjudicación, “Noticación a Proveedores”, según
lo establecido en las disposiciones del apartado 7.1.5.2 del Decreto Regla-
mentario Nº: 305/2014.
Que a fs. 356/357 obran constancias de cumplimiento de las disposiciones
del apartado 7.1.5.3 del Decreto Reglamentario Nº: 305/2014.
Que a fs. 359/360 se expide la Dirección de Asesoría Letrada quien dicta-
mina que corresponde al suscripto: RECHAZAR: la propuesta presentada
por la rma “NUTRICION PROFESIONAL S.R.L.”, por no ajustarse técnica-
mente a lo solicitado en los pliegos de la presente licitación. ADJUDICAR
a la rma “GENERAL DE ABASTECIMIENTO S.A.” la presente licitación,
por ajustarse a lo solicitado hasta la suma total de PESOS CUATRO MI-
LLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
SIETE ($ 4.147.787).
Por último, de las constancias obrantes en autos, surge que la presente
licitación encuentra sus fundamentos en lo dispuesto en los Arts. 11º y 22º
siguientes y concordantes de la Ley Nº: 10.155 del “Régimen de Compras y
Contrataciones de la Administración Pública Provincial”; a su vez, acorde a
lo estipulado en los Arts. 22º y 23º del Decreto Reglamentario Nº: 305/2014
y lo tipicado en el Art. 41º acorde al Índice UNO jado por la Ley Nº:
10.507 y lo determinado mediante el Decreto N°: 676/2016 en correlación
con lo dispuesto en el Índice UNO y de acuerdo al monto total al que as-
ciende la presente licitación.
EL JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
1. RECHAZAR: la propuesta presentada por la rma “NUTRICION PROFE-
SIONAL S.R.L.”, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en los pliegos
de la presente licitación.
2. ADJUDICAR a la rma “GENERAL DE ABASTECIMIENTO S.A.” el ren-
glón Nº: 1 de la presente licitación, por ajustarse a lo solicitado, hasta la
suma total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE
MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 4.147.787), según el siguiente
detalle:
GENERAL DE ABASTECIMIENTO S.A.
RENGLON Nº: Descripción Cant. P.U. TOTAL
1RACION DIARIA 8.117 $ 511 $ 4.147.787
TOTAL ADJUDICADO $ 4.147.787
3. La erogación correspondiente se hará como: Jurisdicción 1.10, Programa
757 ((C.E.) Servicios Policiales – Cuenta Especial Ley Nº: 7386), Partida
Principal 03 (Servicios No Personales), Parcial 13 (Servicio de Raciona-
miento en Cocido), hasta la suma total de PESOS CUATRO MILLONES
CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($
4.147.787), del presupuesto vigente.
4. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE a quienes corresponda y ELÉ-
VESE al Excelentísimo Tribunal de Cuentas de la Provincia, a los efectos
legales pertinentes.
FDO: GUSTAVO MARCELO VELEZ, JEFE DE POLICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
INICIAL
Resolución N° 57
Córdoba, 02 de mayo de 2018.
VISTO: La Ley N°10237, su Decreto Reglamentario N° 930/15, el Decreto
Ley N° 1910/E/57 y su Decreto Reglamentario N° 3999/67 y la Resolución
N° 0014/18 de esta Dirección General, mediante la que se declara la va-
cancia y se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para
cubrir los cargos de Directores de Primera, Segunda y Tercera Categorías
con carácter TITULAR, en las Zonas de Inspección de la Cuarta, Sexta y
Séptima Región Escolar; y
CONSIDERANDO: Que para determinar las condiciones en las que se
realizarán los Concursos de Directores deberá tenerse presente lo dis-
puesto en el artículo 65 inc. a), c) y d) y 67 del Decreto Ley N° 1910/E/57;

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