Resolución N° 57 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Diciembre de 2017
EmisorDirección de Prevención de Accidentes de Transito
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 240
CORDOBA, (R.A.) MARTES 12 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
QUE es competencia del Señor Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 17 y 21 del Códi-
go Tributario - Ley N° 6006 - T.O. 2015 y sus modicatorias,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU CARÁCTER DE
SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y
POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- ASIGNAR a los Agentes que se detallan a continuación
y que se desempeñan en la Dirección General de Rentas, las siguientes
facultades:
APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. Nº FACULTADES ASIGNADAS
1 LÓPEZ, MYRIAM DEL VALLE 25.891.249
2 OZAN, MARISA ALEJANDRA 25.891.190
-Dar fe de la autenticidad de las copias y/o fotocopias que expida la Di-
rección, a pedido de contribuyentes, responsables, terceros u organismos
ociales y privados.
3 MIGLIA, MARIANA 26.223.996
4 MANSILLA, MARIANO 28.058.220
5 AOSTRI, SERGIO 14.542.674
-Expedir informes y certicaciones a solicitud de contribuyentes, responsa-
bles y terceros, jueces y ocinas públicas o de ocio, con las limitaciones
que respecto del secreto de las declaraciones juradas legisla el Código
Tributario.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Ocial.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial,
NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y ARCHÍVESE.
LIC. HEBER FARFÁN SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS MINISTERIO DE
FINANZAS
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 57
Córdoba, 5 de diciembre de 2017
VISTO:
El expediente N° 0458-052134/2017 y lo establecido por la Ley Provincial
de Tránsito N°8560, artículo 121:
Y CONSIDERANDO:
En cuanto ésta dispone que el valor de la multa se determina en Unidades
Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de
venta al público de un (1) litro de nafta súper.-
Que habiéndose consultado las empresas expendedoras de combustibles
de bandera y lo informado por la Federación de Expendedores de Com-
bustibles y Anes del Centro de la República (FECAC), certicado a fojas
2, que el valor del referido combustible al día 5 de diciembre del corriente
y de menor precio de venta al público, es de $25,34 .-
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 T.O. 2004, sus modica-
torias y lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección de Prevención de
Accidentes de Tránsito bajo el N°72/2017, en ejercicio de sus atribuciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE
TRÁNSITO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por
infracciones de tránsito en la Jurisdicción Provincial en la suma de pesos
veinticinco con treinta y cuatro centavos ($ 25,34 ).-
ARTICULO 2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Uni-
dad Fija dispuesta por el artículo precedente desde el día de la publicación
de la presente y hasta que se determine un nuevo precio mediante la re-
solución respectiva.-
ARTICULO 3°: ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a
noticar a las Autoridad de Juzgamiento, a la Dirección General de la Poli-
cía Caminera, a la Dirección General de Rentas y la Dirección de Sistemas
del Ministerio de Gobierno.-
ARTICULO 4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 429 Letra:A
Córdoba, 27 de Octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-135367/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION LUCHA CONTRA LA CONTAMINACION
AMBIENTAL EN DEFENSA DE LA SALUD”, con domicilio social en la Pro-
vincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para
funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193, 195
y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:

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