Resolucion Nº 564/16

EmisorInspeccion General de Seguridad
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2016

RESOLUCION Nº 564/16

Mendoza, 16 de agosto de 2016

Visto: La necesidad de modificar la Resolución nº 137/00 de este Organismo de Control"

CONSIDERANDO:

Que, en dicha normativa establece la forma de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales del personal policial y penitenciario.

Que, éste Directorio entiende necesario adecuar a la problemática actual y la necesidad de contar con auditorías de evolución patrimonial más ágiles del personal de las fuerzas de seguridad provinciales.

Que, por otro lado conforme el incs. 7 del artículo 29 de la Ley 6.721 establece dentro de las facultades de este Organismo de Control "realizar controles en la evolución del patrimonio del personal policial y penitenciario mediante la recepción y análisis de las declaraciones juradas de bienes".

Que, conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8 del artículo 29 de la Ley 6.721 se dispondrá que los efectivos policiales de las jerarquías de Subcomisario, Comisario, Comisario Inspector y Comisario General sin distinción de escalafón deberá presentar declaración jurada de bienes conforme Anexo Único que se adjunta con su instructivo.

Que, conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8 del artículo 29 de la Ley 6.721 se dispondrá que los efectivos penitenciarios de las jerarquías de Subalcaide, Alcaide, Alcaide Mayor, Prefecto y Prefecto General sin distinción de escalafón deberá presentar declaración jurada de bienes conforme Anexo Único que se adjunta con su instructivo.

Que, independientemente de la obligación de presentación de las jerarquías señaladas, el Directorio de la Inspección General de Seguridad, podrá solicitar respecto de los efectivos con jerarquías no comprendidas en la obligatoriedad de presentar declaración jurada, la presentación de la misma, mediante nota de estilo vía Dirección General de Policías y/o Dirección General del Servicio Penitenciario.

Que, asimismo mediante la Mesa de Entradas de este Organismo se confeccionará un (1) expediente por cada una de las jerarquías policiales y penitenciarias en sus correspondientes escalafones, al cual se incorporarán las declaraciones juradas, debiéndose mediante la Subdirección de Administración Contable - Oficina de Asesor Contables de la repartición, solicitar a la Dirección de Capital Humano y Capacitación del Ministerio de Seguridad el potencial de cada una de las jerarquías, debiéndose detallar nombres apellidos, DNI de los efectivos policiales y penitenciarios a efectos que sea controlada la presentación de las declaraciones juradas citadas.

Que, asimismo se dispondrá que la recepción de las declaraciones juradas sea realizada en el ámbito de la Dirección General de Policías respecto de personal policial y en la Dirección General del Servicio Penitenciario respecto del personal en su órbita, quienes remitirán las mismas una vez finalizado el plazo de presentación vía Sistema de Seguimiento de Piezas Mesas por cada una de las jerarquías con nota del Sr. Director General correspondiente, detallando los efectivos que no han hecho la presentación en tiempo y forma.

Dispóngase el plazo de presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales hasta el día 01/08/16 a las 14:00 hs.

Mediante el Centro de Cómputos de la Inspección General de Seguridad publicará la presente Resolución, su Anexo e Instructivo en la página de la Inspección de Seguridad, independientemente remítase el mismo vía formato papel a la Dirección de Capital Humano y Capacitación y Dirección General de Policías y Dirección General del Servicio Penitenciario a sus efectos.

Gírese oficio a la Orden del Día a efectos de su toma de razón, a la Dirección del Servicio Penitenciario para su publicación en el sistema de intranet y al Boletín Oficial de la Provincia.

Finalizado el periodo de presentación, mediante el Departamento de Asuntos Internos, informará al Directorio de la Inspección General de Seguridad, la nómina de los efectivos policiales y penitenciarios que no han presentado su correspondiente Declaración Jurada.

Que, por todo ello;

EL DIRECTORIO

DE LA INSPECCION GENERAL

DE SEGURIDAD EN USO

DE LAS FACULTADES

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifíquese la Resolución 137/00, en consecuencia los efectivos policiales de las jerarquías de Subcomisario, Comisario, Comisario Inspector y Comisario General sin distinción de escalafón deberá presentar declaración jurada de bienes conforme Anexo Único que se adjunta con su instructivo.-.

Artículo 2º

Modifíquese la Resolución 137/00, en consecuencia los efectivos penitenciarios de...

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