Resolución N° 562/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 562/CDNNYA/19
Buenos Aires, 16 de mayo de 2019
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 471 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el
Expediente Electrónico Nº 15150884-GCABA-DGSAP/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante nota obrante como IF Nº 2019-15094993-GCABA-DGSAP, la agente
Sandra Rochel Cabo, CUIL N° 27-18901402-9, FC Nº 468.928, solicita se le otorgue
licencia por excedencia, sin goce de haberes, a partir del 04 de junio de 2019 y por el
término de ciento veinte (120) días corridos;
Que la agente mencionada desarrolla tareas como psicóloga en la Dirección Operativa
de Atención Jurídica Permanente, dependiente de la Dirección General de Servicios
de Atención Permanente de este Consejo;
Que mediante IF N° 2019-15242742-GCABA-DGSAP, la titular de la precitada
Dirección General prestó conformidad con el otorgamiento de la licencia por
excedencia solicitada;
Que el artículo 24 de la Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) establece
que, vencido el lapso previsto para el período de post-parto, la trabajadora podrá optar
por extender su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos más, sin percepción de
haberes;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se otorgue
la licencia por excedencia, sin goce de haberes, solicitada por la agente Sandra
Rochel Cabo, a partir del 04 de junio de 2019 y por el término de ciento veinte (120)
días corridos;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley Nº 6.017) y el Decreto Nº 32-GCABA/16,
LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Otórgase la licencia por excedencia, sin goce de haberes, solicitada por la
agente Sandra Rochel Cabo, CUIL N° 27-18901402-9, FC Nº 468.928, a partir del 04
de junio de 2019 y por el término de ciento veinte (120) días corridos.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5628 - 30/05/2019

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