Resolución Nº 561/GCABA/SSJUS/14

FirmantesBuján
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2014

VISTO:

La ley 451 y la ley 1217; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la ley 451 establece que la sanción de decomiso "acarrea la

pérdida de las cosas sobre las que recayere", y agrega que, "Las cosas decomisadas

deben ser puestas a disposición del Gobierno de la Ciudad cuando sean

aprovechables". Que corresponde a la Subsecretaria de Justicia implementar todas las

medidas necesarias para el mejor funcionamiento y homogeneización de la Dirección

General de Administración de Infracciones;

Que es necesario establecer procesos que permitan actuar con economía, eficacia y

eficiencia en la tarea;

Que, por Resolución 28-SSJUS-2014 se dictó el reglamento interno para las Unidades

Administrativas de Control de Faltas y se establecieron los objetivos y

responsabilidades primarias de los Controladores dependientes de la Dirección

General de Administración de Infracciones;

Que en base a las funciones asignadas resulta necesario facilitar las condiciones más

adecuadas para la implementación de los nuevos criterios y lineamientos tendientes a

lograr una mejor calidad de atención a los ciudadanos, las organizaciones y las

instituciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las unidades controladoras y

servicios dependientes de esta Subsecretaría, así como dotar de instrumentos

técnicos, administrativos y legales para ejecutar las políticas públicas que permitan

transparentar el proceso de gestión.

Que resulta atinente disponer de los bienes y mercaderías objeto de Decomiso en

beneficio de instituciones de bien público cuya finalidad consista en la atención de las

personas y comunidades que se encuentren en situación de necesidad, pobreza,

abandono o marginación social.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE:

Art. 1° Dispóngase en carácter de Criterio General de Actuación, en los términos del
artículo 2°

del Anexo I de la Resolución N° 28/SSJUS/14 que las Unidades de Control.

de Faltas que resuelvan el decomiso de mercaderías, bienes o cualquier otro elemento

en los términos del artículo 24 de la ley 451 y que hayan sido secuestrados en el

marco de las actas de comprobación contenidas en los respectivos legajos, deberán

...

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