Resolución N° 5596/MEIGC/19

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 5596/MEIGC/19
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (texto consolidado
por Ley N° 6017), los Decretos Nº 326/17 y Nº 168/19, su modificatorio Nº 207/19, la
Resolución Conjunta Nº 5-SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC-14, la Resolución N° 4484-
GCABA-MEGC/16, el Expediente Electrónico Nº 6494651-GCABA-DGAR-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga al contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Nicasio Oroño 2131 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela de Comercio
N° 20 del Distrito Escolar 14° dependiente de este Ministerio;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6017) y su reglamentación;
Que en atención a las previsiones del Artículo 3° del Decreto N° 168/2019, que fuera
publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5.623 el
23/05/2019, en cuanto establece que los procesos iniciados con anterioridad a su
dictado, se rigen por la reglamentación vigente en aquel momento, resulta de
aplicación a la presente Cláusula Adicional de Prórroga al Contrato de Locación
Administrativa el Decreto N° 326/17;
Que dicha Ley es el marco jurídico en el cual se encuentra encuadrada la locación de
un inmueble por parte del sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida
Ley, dispone que para la ejecución de los contratos que contempla, la regla general es
“la licitación pública o concurso público“, agregando en el artículo 26 que los
procedimientos de selección del contratista para tales operaciones son: a) Licitación o
Concurso; b) Contratación Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que la contratación directa es la que la administración pública realiza con determinada
persona, física o jurídica, que ella ha seleccionado discrecionalmente y con la cual
procurará llegar a un acuerdo conveniente, sobre las bases de la contratación a
realizarse;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 4484-GCABA-MEGC/16 y venció el día 31 de marzo de 2019;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia de este;
Que, por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Anexo I del Decreto Nº 326/17, Art 28 inciso 12, apartado m): "Finalizado el plazo
estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto en el mismo deberá
plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/17, artículo 28, inciso 12, respecto a los
apartados a) y b) y, en función de ello, la
entonces Dirección General de Administración de Bienes y Concesiones, informa que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5739 - 11/11/2019

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