Resolución N° 55 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.) MARTES 17 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 55
Córdoba, 08 de marzo de 2022.
Expediente N° 0047-000210/2021 (Cuerpos I al VII).-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 000082/2022 se adjudique la ejecución de la obra: “Cons-
trucción nuevo edicio para la Escuela PROA Rio IV Alsina, ubicada en
calles Roberto Payró y Manco Cápac – Localidad de Río Cuarto – Departa-
mento Río Cuarto – Provincia de Córdoba”, a la Empresa MARINELLI S.A.,
por la suma de $ 259.823.168,57.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 470 de fecha 22 de octubre de 2021 de la
Secretaría de Arquitectura se autorizó el llamado a Licitación Pública Digital
para la contratación de los trabajos de referencia, cuyo Presupuesto Ocial as-
cendía a la suma de $ 196.503.413,41, a valores del mes de octubre de 2021
y por su similar Nº 550 de fecha 10 de diciembre de 2021 se resolvió el rechazo
de las ofertas presentadas por apartarse de las bases de la contratación y no
cumplimentar con los requisitos jados en el Pliego Particular de Condiciones.
Que por Resolución Nº 586 de fecha 28 de diciembre de 2021, la cita-
da Secretaría dispuso un nuevo llamado a Licitación Pública Digital para la
obra de que se trata y cuyo Presupuesto Ocial ascendía a la suma de $
225.626.104,89, a valores del mes de diciembre de 2021.
Que constan en autos las publicaciones del llamado a Licitación Públi-
ca Digital de que se trata y de la Circular Aclaratoria Nº 1 – Prórroga en el
Portal Web Ocial de Compras Públicas y en el Boletín Ocial y notica-
ciones individuales, conforme a las disposiciones del artículo 12 de la Ley
N° 10.417, modicatorio del ar tículo 19 de la Ley Nº 8.614 y artículo 1º del
Anexo I al Decreto N° 1.823/2016, Constancias de Realización de Visita
Técnica Obligatoria y detalle de “Preguntas y Respuestas”. Asimismo, corre
agregada en autos Circular Aclaratoria Nº 2 y su constancia de publicación
en el Portal Web Ocial de Compras Públicas y en el Boletín Ocial.
Que luce incorporada Acta de Apertura de Ofertas de fecha 1 de fe-
brero de 2022, de la que surge que se presentaron tres (3) propuestas
económicas pertenecientes a las rmas GIRON ZURLO S.A., MARINELLI
S.A. y ASTORI CONSTRUCCIONES S.A.
Que se expide en autos la Comisión de Evaluación de Ofertas, en cum-
plimiento de las previsiones del artículo 18 de la Ley Nº 10.417, modicato-
rio del artículo 29 de la Ley Nº 8.614, entendiendo que los tres (3) oferentes
han dado cumplimiento a “…los requisitos esenciales especicados por el
Pliego Particular de Condiciones…” por lo que fueron correctamente admi-
tidos al procedimiento de selección, habiendo cumplimentado con “…la ga-
rantía de mantenimiento de oferta, la constancia de habilitación expedida
por el registro de Proveedores y Contratistas del Estado (ROPyCE) vigente,
el análisis de precios, la curva de inversión y el soporte digital…”.
Que efectuando un análisis técnico, legal y económico de las propues-
tas, dicha Comisión entiende y recomienda adjudicar la presente contrata-
ción a la empresa MARINELLI S.A., siendo que su propuesta económica
resulta ser la más ventajosa desde el punto de vista económico por la
suma de $ 259.823.168,57, incluido IVA, con todos los demás impuestos,
tasas, contribuciones, gravámenes, etc. vigentes y de aplicación a la espe-
cie, que representa un 15,15% superior al Presupuesto Ocial. Asimismo,
considera que la oferta se ajusta a pliego y reúne las condiciones legales,
técnicas y económicas exigidas, habiendo cumplimentado con toda la do-
cumentación y requisitos requeridos.
Que, posteriormente la mencionada Comisión de Estudios de Ofertas
elabora un informe ampliatorio indicando que la rma MARINELLI S.A.
se encuentra inscripta y registrada en la actividad nacional “Construcción,
reforma y reparación de obras de infraestructura para el transporte” con
fecha de inicio 11/2013 y a nivel provincial en idéntica actividad con fecha
12/1990. Se informa además, que dicha rma ha ejecutado más de tres
obras similares de la categoría “Arquitectura” en los últimos diez años, con
“…supercies cuya intervención resulta superior a la de la obra objeto de
contratación (2500m2)…”.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento de
Contabilidad – Orden de Compra N° 2022/000094, que certica la reserva
presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica, con-
forme lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614.
Que se ha adjuntado en estas actuaciones la Constancia de Inscripción
en el Registro Ocial de Proveedores y Contratista del Estado (R.O.P. y C.E.)
- Registro de Constructores de Obra Pública (R.C.O.), conforme las previsio-
nes del Decreto Nº 1.419/2017 y modicatorios, surgiendo de la misma la
capacidad económica nanciera de la empresa para ejecutar la obra.
Que la Secretaría de Arquitectura deberá informar oportunamente de
la presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a
los nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo
párrafo- del Anexo I al Decreto N° 1.419/2017.
Que obra Dictamen Nº 58/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el cual se expresa que se ha dado cumpli-
miento al procedimiento de Licitación Pública con soporte digital conforme
la normativa vigente, Ley N° 8.614 modicada por Ley N° 10.417, Decretos
N° 1.505/2016 y 1.823/2016 y modicatorios, disposiciones del artículo 4º
quater de la Ley N° 8.614, Decreto N° 30/2018 y Ley Nº 10.723, por lo que
considera que puede dictarse el acto administrativo en los términos propi-
ciados por la Repartición de origen.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N°
58/2022, y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONVALIDASE lo actuado por la Secretaría de Arquitectura,
y consecuentemente, DECLÁRESE fracasado el llamado a Licitación Pública
autorizado mediante Resolución N° 470/2021 de la mencionada Secretaría.
Artículo 2°.- ADJUDÍCASE la ejecución de la obra “Construcción nuevo
edicio para la Escuela PROA Rio IV Alsina, ubicada en calles Roberto Payró y
Manco Cápac – Localidad de Río Cuarto – Departamento Río Cuarto – Provin-
cia de Córdoba” a la empresa MARINELLI S.A., CUIT N° 30-54698082-7, por la
suma de Pesos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Veintitrés
Mil Ciento Sesenta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos ($ 259.823.168,57).
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Veintitrés Mil
Ciento Sesenta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos ($ 259.823.168,57),
conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministe-
rio en su Documento de Contabilidad - Orden de Compra Nº 2022/000094,
de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.50, Programa 506-005, Par-
tida 12.06.00.00, Obras -

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