Resolución N° 55 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Mayo de 2022 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
Fecha de la disposición | 8 de Marzo de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.) MARTES 17 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 55
Córdoba, 08 de marzo de 2022.
Expediente N° 0047-000210/2021 (Cuerpos I al VII).-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 000082/2022 se adjudique la ejecución de la obra: “Cons-
trucción nuevo edicio para la Escuela PROA Rio IV Alsina, ubicada en
calles Roberto Payró y Manco Cápac – Localidad de Río Cuarto – Departa-
mento Río Cuarto – Provincia de Córdoba”, a la Empresa MARINELLI S.A.,
por la suma de $ 259.823.168,57.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 470 de fecha 22 de octubre de 2021 de la
Secretaría de Arquitectura se autorizó el llamado a Licitación Pública Digital
para la contratación de los trabajos de referencia, cuyo Presupuesto Ocial as-
cendía a la suma de $ 196.503.413,41, a valores del mes de octubre de 2021
y por su similar Nº 550 de fecha 10 de diciembre de 2021 se resolvió el rechazo
de las ofertas presentadas por apartarse de las bases de la contratación y no
cumplimentar con los requisitos jados en el Pliego Particular de Condiciones.
Que por Resolución Nº 586 de fecha 28 de diciembre de 2021, la cita-
da Secretaría dispuso un nuevo llamado a Licitación Pública Digital para la
obra de que se trata y cuyo Presupuesto Ocial ascendía a la suma de $
225.626.104,89, a valores del mes de diciembre de 2021.
Que constan en autos las publicaciones del llamado a Licitación Públi-
ca Digital de que se trata y de la Circular Aclaratoria Nº 1 – Prórroga en el
Portal Web Ocial de Compras Públicas y en el Boletín Ocial y notica-
ciones individuales, conforme a las disposiciones del artículo 12 de la Ley
N° 10.417, modicatorio del ar tículo 19 de la Ley Nº 8.614 y artículo 1º del
Anexo I al Decreto N° 1.823/2016, Constancias de Realización de Visita
Técnica Obligatoria y detalle de “Preguntas y Respuestas”. Asimismo, corre
agregada en autos Circular Aclaratoria Nº 2 y su constancia de publicación
en el Portal Web Ocial de Compras Públicas y en el Boletín Ocial.
Que luce incorporada Acta de Apertura de Ofertas de fecha 1 de fe-
brero de 2022, de la que surge que se presentaron tres (3) propuestas
económicas pertenecientes a las rmas GIRON ZURLO S.A., MARINELLI
S.A. y ASTORI CONSTRUCCIONES S.A.
Que se expide en autos la Comisión de Evaluación de Ofertas, en cum-
plimiento de las previsiones del artículo 18 de la Ley Nº 10.417, modicato-
rio del artículo 29 de la Ley Nº 8.614, entendiendo que los tres (3) oferentes
han dado cumplimiento a “…los requisitos esenciales especicados por el
Pliego Particular de Condiciones…” por lo que fueron correctamente admi-
tidos al procedimiento de selección, habiendo cumplimentado con “…la ga-
rantía de mantenimiento de oferta, la constancia de habilitación expedida
por el registro de Proveedores y Contratistas del Estado (ROPyCE) vigente,
el análisis de precios, la curva de inversión y el soporte digital…”.
Que efectuando un análisis técnico, legal y económico de las propues-
tas, dicha Comisión entiende y recomienda adjudicar la presente contrata-
ción a la empresa MARINELLI S.A., siendo que su propuesta económica
resulta ser la más ventajosa desde el punto de vista económico por la
suma de $ 259.823.168,57, incluido IVA, con todos los demás impuestos,
tasas, contribuciones, gravámenes, etc. vigentes y de aplicación a la espe-
cie, que representa un 15,15% superior al Presupuesto Ocial. Asimismo,
considera que la oferta se ajusta a pliego y reúne las condiciones legales,
técnicas y económicas exigidas, habiendo cumplimentado con toda la do-
cumentación y requisitos requeridos.
Que, posteriormente la mencionada Comisión de Estudios de Ofertas
elabora un informe ampliatorio indicando que la rma MARINELLI S.A.
se encuentra inscripta y registrada en la actividad nacional “Construcción,
reforma y reparación de obras de infraestructura para el transporte” con
fecha de inicio 11/2013 y a nivel provincial en idéntica actividad con fecha
12/1990. Se informa además, que dicha rma ha ejecutado más de tres
obras similares de la categoría “Arquitectura” en los últimos diez años, con
“…supercies cuya intervención resulta superior a la de la obra objeto de
contratación (2500m2)…”.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento de
Contabilidad – Orden de Compra N° 2022/000094, que certica la reserva
presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica, con-
forme lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614.
Que se ha adjuntado en estas actuaciones la Constancia de Inscripción
en el Registro Ocial de Proveedores y Contratista del Estado (R.O.P. y C.E.)
- Registro de Constructores de Obra Pública (R.C.O.), conforme las previsio-
nes del Decreto Nº 1.419/2017 y modicatorios, surgiendo de la misma la
capacidad económica nanciera de la empresa para ejecutar la obra.
Que la Secretaría de Arquitectura deberá informar oportunamente de
la presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a
los nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo
párrafo- del Anexo I al Decreto N° 1.419/2017.
Que obra Dictamen Nº 58/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el cual se expresa que se ha dado cumpli-
miento al procedimiento de Licitación Pública con soporte digital conforme
la normativa vigente, Ley N° 8.614 modicada por Ley N° 10.417, Decretos
N° 1.505/2016 y 1.823/2016 y modicatorios, disposiciones del artículo 4º
quater de la Ley N° 8.614, Decreto N° 30/2018 y Ley Nº 10.723, por lo que
considera que puede dictarse el acto administrativo en los términos propi-
ciados por la Repartición de origen.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N°
58/2022, y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONVALIDASE lo actuado por la Secretaría de Arquitectura,
y consecuentemente, DECLÁRESE fracasado el llamado a Licitación Pública
autorizado mediante Resolución N° 470/2021 de la mencionada Secretaría.
Artículo 2°.- ADJUDÍCASE la ejecución de la obra “Construcción nuevo
edicio para la Escuela PROA Rio IV Alsina, ubicada en calles Roberto Payró y
Manco Cápac – Localidad de Río Cuarto – Departamento Río Cuarto – Provin-
cia de Córdoba” a la empresa MARINELLI S.A., CUIT N° 30-54698082-7, por la
suma de Pesos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Veintitrés
Mil Ciento Sesenta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos ($ 259.823.168,57).
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Veintitrés Mil
Ciento Sesenta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos ($ 259.823.168,57),
conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministe-
rio en su Documento de Contabilidad - Orden de Compra Nº 2022/000094,
de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.50, Programa 506-005, Par-
tida 12.06.00.00, Obras -
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