Resolución N° 5414/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 5414/MHFGC/21
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 471-Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y N°6.292-Ley de Ministerios (textos
consolidados por Ley Nº 6.347), la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada
por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley
N° 6.347), el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada
por Resoluciones N° 20/MHGC/14 y N° 625/MEFGC/18, las Actas de Negociación
Colectiva N° 19/17, y modificatoria N° 16/18, instrumentadas por Resolución N°
625/MEFGC/18, y N° 26/18, instrumentada por Resolución N° 1.436/MEFGC/18, la
Resolución N° 679/MEFGC/18, el Expediente Electrónico N° 22.457.571-MGEYA-
DGTALMEF/18 e incorporados y;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 679/MEFGC/18, aprobó a partir del 1° de julio de 2018, el
reencasillamiento de los agentes comprendidos dentro del artículo 1° del Acta de
Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatoria, en el agrupamiento, tramo, grado y
categoría (ATGC), conforme el detalle establecido en su Anexo adjunto;
Que el artículo 2° de la Resolución N° 679/MEFGC/18 estableció que: “El personal
reencasillado a partir de la presente será notificado de tal circunstancia por medio de
la recepción de su recibo de haberes digital correspondiente al mes de julio de 2018,
acorde a lo establecido en la cláusula primera del Acta de Negociación Colectiva N°
16/18, instrumentada por Resolución N° 625/MEFGC/18” y en su artículo 4° dispuso
que dicho personal “... podrá interponer los recursos previstos en el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, ante la Comisión de Reencasillamiento, la que
deberá elevar su dictamen a consideración de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, la que emitirá acto administrativo haciendo lugar o desestimando
el recurso interpuesto...”;
Que el Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias, en su artículo 1°
estableció que “...el reencasillamiento del personal perteneciente a los agrupamientos
Atención al Ciudadano, Emergencias, Inspección y Verificación, Servicios Generales y
Mantenimiento, Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, y Gestión Gubernamental, comprendido en el
ámbito de aplicación del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa,
aprobado mediante Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 de la Comisión Paritaria
Central, instrumentada por Resolución N' 20/MHGC/14, en el agrupamiento, tramo,
grado y categoría correspondiente, se hará efectivo en el mes de julio 2018 según las
pautas de reencasillamiento establecidas en la presente y conforme lo dispuesto en el
Acta de Negociación Colectiva N° 3/17, instrumentada por Resolución N°
1440/MHGC/2017...”;
Que la citada Acta N° 19/17 en su artículo 18 manifiesta: “...a partir del 01 de julio de
2018 la Comisión de Reencasillamiento del Nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa, integrada por cuatro (4) miembros debidamente designados
por la COPICA, dos (2) propuestos por el GCABA y dos (2) propuestos por SUTECBA,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6274 - 13/12/2021

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