Resolución N° 541/MJYSGC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 541/MJYSGC/19
Buenos Aires, 7 de junio de 2019
VISTO: Las Leyes Nros 334 y 4.894, sus modificatorias, 5460 (textos consolidados por
Ley N° 6017) y su modificatoria Ley N° 5960, los Decretos Nros. 376/GCABA/14,
138/19, 150/2019 y 391/GCABA/2018 y el Expediente Electrónico Nº 2019-15921610-
GCABA-DGELECT, y
CONSIDERANDO:
Que durante el año en curso se llevarán adelante las elecciones Primarias, Abiertas,
Simultáneas y Obligatorias y las Elecciones Generales para Jefe/a de Gobierno,
Diputados de la Ciudad y Autoridades Comunales, y en caso de corresponder la
eventual segunda vuelta,
Que mediante la Ley Nº 4.894 (texto consolidado Ley N° 6017), se sancionó el
Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias,
disponiendo en su artículo 29 que "Los lugares de ubicación de las mesas de votación
y las autoridades de las mismas deberán ser coincidentes para las elecciones
primarias y las elecciones generales que se desarrollen en el mismo año, salvo
modificaciones imprescindibles. Para la conformación de las mesas, la designación de
sus autoridades, la compensación en concepto de viático por su desempeño, la
realización del escrutinio y todo lo relacionado con la organización de las elecciones
primarias, se aplicarán las normas pertinentes que rigen para la elección general";
Que en ese marco, el artículo 29 del Decreto Nº 376/GCABA/14, reglamentario de la
citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo determina la suma que se liquidará en
concepto de viático para las autoridades de mesa que se desempeñen en los
mencionados comicios;
Que la Ley N° 334 (texto consolidado Ley N° 6017), creó el Registro de Electoras
Extranjeras y Electores Extranjeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo que todos/as los/las que se hayan incorporado al mismo, tienen el deber
de votar en las elecciones locales.
Que por el Decreto N° 138/GCABA/19 se convocó a las elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para Jefe/a de Gobierno, Diputados de la Ciudad
y Autoridades Comunales, para el día 11 de agosto de 2019;
Que por Decreto Nº 150/GCABA/19 se convocó a las Elecciones Generales para
Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, Diputados de la Ciudad y Autoridades Comunales,
para el día 27 de octubre de 2019 con la eventual segunda vuelta electoral prevista en
el artículo 96 de la Constitución local para el día 24 de noviembre del mismo año;
Que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requirió
que el Gobierno de la Ciudad prevea los fondos destinados a la compensación
económica de quienes se desempeñen como autoridades de mesa de votación de
electores extranjeros conforme la normativa vigente y que además, se disponga una
compensación adicional por capacitación;
Que la Ley N° 5460 y su modificatoria Ley N° 5960 (Texto Consolidado por Ley N°
6017), establece dentro de las competencias del Ministerio de Justicia y Seguridad la
de "... Organizar las estructuras de asistencia técnica y ejecución de la convocatoria
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5638 - 13/06/2019

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