Resolución N° 54

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 88
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 11 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria General
de la Gobernación.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, dese a la Caja de Jubilaciones, Pensio-
nes y Retiros de Córdoba, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO MINISTRO DE
FINANZAS - SILVINA RIVERO SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION -
JORGE EDUARDO CORDOBA FISCAL DE ESTADO
ANEXO
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 54
Córdoba, 22 de Enero de 2018
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-004664/2017 la Empresa EXPRESO
ACHIRAS S.R.L., solicita aprobación de horarios de Temporada Verano
2017-18 para prestar en el Servicio Regular Común del corredor RÍO
CUARTO - ACHIRAS y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explo-
tación que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a
cumplir en Temporada Verano 2017-18, por lo que se aconseja su apro-
bación, debiendo quedar sujeta a las modificaciones que eventuales
reclamos las justifiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto adminis-
trativo pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen
N° 010/2018, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios
diagramados para la Temporada Verano 2017/2018.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f)
de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribucio-
nes,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa EXPRESO ACHIRAS S.R.L.
para prestar en Temporada Verano 2017-18 los horarios diagramados a
fs. 6 de autos, en el Servicio Regular Común del corredor RÍO CUAR-
TO - ACHIRAS y viceversa, quedando sujetos a las modificaciones que
eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y archívese.
FDO: MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 55
Córdoba, 22 de Enero de 2018
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-004677/2017 la Empresa C.O.T.A. LA
CALERA LTDA. (COOPERATIVA OBRERA DEL TRANSPORTE AU-
TOMOTOR LA CALERA LIMITADA), solicita aprobación de horarios
de Temporada Verano 2017/2018 para prestar en el Servicio Regular
Común de los corredores CÓRDOBA – LA CALERA (por Alberdi) y vi-
ceversa; CÓRDOBA – LA CALERA (por Argüello) y viceversa y LA CA-
LERA – VILLA ALLENDE y viceversa (pasando por Dumesnil y Saldán).
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explota-
ción que posee la misma y con el objeto de adecuar los horarios para
cumplir en Temporada Verano 2017/2018, se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujetos a las modificaciones que eventuales reclamos
las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto adminis-
trativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por el Área Legales de la Secretaría de Trans-
porte bajo el N° 011/2018 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en
uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa C.O.T.A. LA CALERA LTDA.
(COOPERATIVA OBRERA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR LA CA-
LERA LIMITADA) para prestar en Temporada Verano 2017/2018 los ho-
rarios diagramados a fs. 8, 11, 15, 16, 21, 22, 24 y 26 de autos, en el
Servicio Regular Común de los corredores CÓRDOBA – LA CALERA
(por Alberdi) y viceversa; CÓRDOBA – LA CALERA (por Argüello) y
viceversa y LA CALERA – VILLA ALLENDE y viceversa (pasando por
Dumesnil y Saldán), quedando sujetos a las modificaciones que even-
tuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y archívese.
FDO: MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

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